Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2021-3248)
BOP-2021-3248 Bases Reguladoras del procedimiento de concesión directa de Subvenciones para la Reactivación Empresarial en Guadalupe.
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control financiero prevista en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
c) Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la Ley General de
Subvenciones y las detalladas en el artículo 11 de la Ordenanza General de Subvenciones del
Ayuntamiento de Guadalupe.
d) En caso de que la persona o empresa beneficiaria se encuentre comprendida en los
supuestos del artículo 3.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno, deberá adaptarse a las obligaciones de publicidad
activa que le resulten aplicables.
DECIMOTERCERA. PAGO DE LA SUBVENCIÓN
1.- El pago de estas subvenciones se realizará en un pago único por la totalidad del importe
concedido, mediante transferencia bancaria, a partir de la fecha de la resolución de concesión,
sin que sea necesaria la constitución de garantías.
2.- En caso de incumplimiento de las obligaciones, en su caso, detalladas en esta
convocatoria, el Ayuntamiento iniciará de oficio expediente administrativo que, previa audiencia
a la persona interesada, propondrá al órgano que concedió la subvención la iniciación de
procedimiento de reintegro de los fondos no justificados, junto con la liquidación de los
intereses de demora correspondientes.
DÉCIMOCUARTA. REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES
1.- El reintegro del importe percibido, cuando proceda, se regirá por lo dispuesto en el título II
de la LGS y por el título III del RLGS.
2.- Junto a las causas de invalidez de la resolución de concesión, recogidas en el artículo 36
de la LGS, darán lugar a la obligación de reintegrar, total o parcialmente, las cantidades
percibidas, así como la exigencia del interés de demora correspondiente desde la fecha del
pago de la subvención hasta que se acuerde la procedencia del reintegro, los supuestos
previstos con carácter general en el artículo 37 de la LGS.
Si la persona beneficiaria incumple la obligación de mantener la actividad empresarial durante
los 6 meses establecidos en la Base 9ª de Convocatoria procederá el reintegro del importe de
la subvención.
3.- Sin perjuicio de iniciar el procedimiento de reintegro, en caso de incumplimiento de las
obligaciones establecidas con motivo de la concesión de le subvención, la persona o empresa
beneficiaria podrán comunicar al órgano gestor por registro de entrada este hecho y efectuar la
devolución voluntaria de la cantidad percibida más los intereses de demora hasta el momento
en que se produzca la devolución efectiva.
ANEXO 1. MODELO DE SOLICITUD DE AYUDAS EMPRESAS 2021
1. DATOS PERSONA SOLICITANTE
DNI NOMBRE Y APELLIDOS
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES:
Código postal: Localidad: Provincia:
Teléfono fijo: Teléfono móvil: Mail:
2. DATOS EMPRESA
NIF/CIF DENOMINACIÓN
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES:
Código postal: Localidad: Provincia:
CVE:
BOP-2021-3248
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de julio de 2021
N.º 0125
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