Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de la Vera. (BOP-2021-3181)
BOP-2021-3181 Aprobación definitiva del modelo de control interno.
59 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
cualitativos.
En los casos en que el procedimiento de adjudicación propuesto sea el del diálogo
competitivo se verificará asimismo que en la selección de la mejor oferta se toma en
consideración más de un criterio de adjudicación en base a la mejor relación calidad-
precio.
f. Cuando se prevea la utilización de varios criterios de adjudicación o de un único
criterio distinto del precio, que el pliego de cláusulas administrativas particulares o el
documento descriptivo establece los parámetros objetivos para identificar las ofertas
anormalmente bajas.
g. Que el pliego de cláusulas administrativas particulares o el documento descriptivo
prevé, cuando proceda, que la documentación relativa a los criterios cuya ponderación
dependa de un juicio de valor ha de presentarse en sobre o archivo electrónico
independiente del resto de la proposición.
h. Que el pliego de cláusulas administrativas particulares o el documento descriptivo
establece al menos una de las condiciones especiales de ejecución que se enumeran en
el artículo 202.2 de la Ley de Contratos del Sector Público y la obligación del
adjudicatario de cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al
Convenio colectivo sectorial de aplicación.
i. Cuando se proponga como procedimiento de adjudicación un procedimiento con
negociación, comprobar que concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos
167 o 168 de la Ley de Contratos del Sector Público para utilizar dicho procedimiento.
j. Cuando se proponga como procedimiento de adjudicación el diálogo competitivo,
verificar que se cumple alguno de los supuestos de aplicación del artículo 167 de la Ley
de Contratos del Sector Público y, en el caso de que se reconozcan primas o
compensaciones a los participantes, que en el documento descriptivo se fija la cuantía
de las mismas y que consta la correspondiente retención de crédito.
k. Cuando se prevea en el pliego de cláusulas administrativas particulares la posibilidad
de modificar el contrato en los términos del artículo 204 de la Ley de Contratos del
Sector Público, verificar que el porcentaje previsto no es superior al 20 por 100 del
precio inicial; y que la modificación no podrá suponer el establecimiento de nuevos
precios unitarios no previstos en el contrato.
l. Cuando se prevea en el pliego de cláusulas administrativas particulares la utilización
CVE:
BOP-2021-3181
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
Pág. 13895