Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3161)
BOP-2021-3161 Premios a la Creación en la Industria Software de la Provincia de Cáceres.
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DECIMOQUINTA. INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS.
15.1 INFRACCIONES.
Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones u omisiones
tipificadas en los artículos 56 a 58 de la LGS.
15.2 SANCIONES ADMINISTRATIVAS.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ordenanza General de Subvenciones el
régimen sancionador en materia de subvenciones concedidas por esta Diputación será el
previsto en el Título IV de la LGS.
Corresponde a la Presidencia de la Corporación la competencia para imponer las sanciones
previstas en dicho Título, sin perjuicio de las delegaciones que pueda efectuar en la Junta de
Gobierno Provincial, en alguno de sus miembros o en cualquiera otros Diputados. Al notificarse
la Resolución por la que se inicie el expediente, se indicará el órgano competente para la
resolución del mismo y la norma que le atribuya tal competencia.
BASE DECIMOSEXTA. PROCEDIMIENTOS DE REINTEGRO Y DE DEVOLUCIÓN
VOLUNTARIA.
16.1 PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO.
Si la Diputación Provincial de Cáceres apreciara alguno de los supuestos de reintegro
establecidos en el artículo 21 de la Ordenanza General de Subvenciones y 37 de la LGS,
exigirá a la entidad beneficiaria las cantidades que correspondan, de acuerdo al procedimiento
establecido en los artículos 41 y 42 de la LGS y 94 y siguientes del RLGS, incluidos los
intereses de demora que pudieran corresponderle.
La competencia para acordar el reintegro corresponderá a la Presidencia de la Diputación
Provincial de Cáceres.
16.2 CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS.
Cuando el cumplimiento por el beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento
total, y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus
compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada por el número o grado de
incumplimiento de proyecto inicialmente presentado y objeto de subvención, respetando el
principio de proporcionalidad.
CVE:
BOP-2021-3161
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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