Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3160)
BOP-2021-3160 Convocatoria de Subvenciones Cáceres, Destino Digital.
26 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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4.3 GASTOS NO SUBVENCIONABLES.
No serán gastos subvencionables en ningún caso :
Gastos de inversión, gastos de adquisición o reposición de enseres inventariables.
Los gastos financieros.
Los gastos de representación y asesoramiento jurídico.
Los gastos de garantía bancaria.
Asimismo no serán subvencionables los gastos que el art. 31.7, de la Ley General de
Subvenciones establece como tales “en ningún caso”.
BASE QUINTA : DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA Y PERÍODO DE EJECUCIÓN Y
PRÓRROGA.
5.1 DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación
Provincial de Cáceres, en la aplicación Convocatoria Apoyo Industria Auxiliar Software. Plan
Re-Activa Soc. Información 2021.07.4912.479.0120 dotada con 323.000,00 €.
5.2 CUANTÍA DE LAS AYUDAS.
Al inicio del período de ejecución, el importe total de la partida presupuestaria será dividida de
manera igualitaria entre las tres líneas de financiación previstas.
Con la finalidad de aprovechar al máximo los créditos disponibles, y evitar el colapso de alguna
de las líneas mientras otras se mantienen infrautilizadas, transcurridos 3 meses desde el inicio
de la convocatoria, se modificará este criterio de distribución de fondos de la siguiente forma:
Los importes que sigan disponibles en las tres líneas de financiación, serán refundidos en un
único montante económico. Este nuevo importe unificado estará, a partir de ese momento, con
la prioridad indicada a continuación, a disposición de:
1º) Los proyectos ya presentados, cuya línea hubiera agotado su dotación y, por tanto, están a
la espera de nuevo crédito (por estricto orden de presentación).
2º) Los nuevos proyectos presentados a partir de esa fecha en cualquiera de las tres líneas.
La cuantía de las ayudas queda establecida en 5.000,00 €, por cada trabajador/a objeto de
subvención, sea cual fuere la línea por la que se opte, limitándose a un máximo de 50.000 €
CVE:
BOP-2021-3160
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
Pág. 13763
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4.3 GASTOS NO SUBVENCIONABLES.
No serán gastos subvencionables en ningún caso :
Gastos de inversión, gastos de adquisición o reposición de enseres inventariables.
Los gastos financieros.
Los gastos de representación y asesoramiento jurídico.
Los gastos de garantía bancaria.
Asimismo no serán subvencionables los gastos que el art. 31.7, de la Ley General de
Subvenciones establece como tales “en ningún caso”.
BASE QUINTA : DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA Y PERÍODO DE EJECUCIÓN Y
PRÓRROGA.
5.1 DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación
Provincial de Cáceres, en la aplicación Convocatoria Apoyo Industria Auxiliar Software. Plan
Re-Activa Soc. Información 2021.07.4912.479.0120 dotada con 323.000,00 €.
5.2 CUANTÍA DE LAS AYUDAS.
Al inicio del período de ejecución, el importe total de la partida presupuestaria será dividida de
manera igualitaria entre las tres líneas de financiación previstas.
Con la finalidad de aprovechar al máximo los créditos disponibles, y evitar el colapso de alguna
de las líneas mientras otras se mantienen infrautilizadas, transcurridos 3 meses desde el inicio
de la convocatoria, se modificará este criterio de distribución de fondos de la siguiente forma:
Los importes que sigan disponibles en las tres líneas de financiación, serán refundidos en un
único montante económico. Este nuevo importe unificado estará, a partir de ese momento, con
la prioridad indicada a continuación, a disposición de:
1º) Los proyectos ya presentados, cuya línea hubiera agotado su dotación y, por tanto, están a
la espera de nuevo crédito (por estricto orden de presentación).
2º) Los nuevos proyectos presentados a partir de esa fecha en cualquiera de las tres líneas.
La cuantía de las ayudas queda establecida en 5.000,00 €, por cada trabajador/a objeto de
subvención, sea cual fuere la línea por la que se opte, limitándose a un máximo de 50.000 €
CVE:
BOP-2021-3160
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
Pág. 13763