Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3160)
BOP-2021-3160 Convocatoria de Subvenciones Cáceres, Destino Digital.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
●
meses.
Podrán ser destinatarias de la ayuda las entidades legalmente constituidas que cumplan las
siguientes características:
Ser Empresas con centros de trabajo de cualquier parte de la Unión Europea o
localidades de más de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
Tener una actividad empresarial relacionada con la industria del desarrollo software, el
sector auxiliar del software, el marketing digital, la industria 4.0 y cualquier otra
vinculada a la transformación y la innovación digital considera como empresa de base
tecnológica.
Que fomenten el teletrabajo de su personal, en el marco del Real Decreto Ley 28/2020
con al menos el 60% de la jornada, pasando a desarrollarlo en localidades menores de
20.000 habitantes de la Provincia de Cáceres.
Los/as trabajadores/as que se acojan a esta modalidad deberán fijar su residencia legal,
mediante un nuevo empadronamiento desde alguna localidad de más de 20.000 o de
otra localidad que no sea de la provincia a otra de inferior población de la Provincia de
Cáceres. Este particular podrá ser objeto de fiscalización mediante indicadores de
consumo de bienes, servicios o suministros.
3.3 LÍNEA 3: CENTROS DE TRABAJO COMPARTIDO.
Se recogen en esta línea las ayudas destinadas a empresas que, domiciliadas en cualquier
país de la Unión Europea, incluyendo a la totalidad de municipios de la provincia de Cáceres,
establezcan espacios de trabajo compartido (centros Coworking) en localidades menores de
20.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
Podrán ser destinatarias de la ayuda tanto empresas de nueva creación, como aquellas ya
constituidas con sede social en alguno de los países miembros de la Unión Europea, que
establezcan un espacio laboral orientado a la gestión del trabajo compartido con la adhesión
definitiva a jornada completa de al menos un/a trabajador/a a este centro.
BASE CUARTA: GASTOS SUBVENCIONABLES.
Serán objeto de subvención, hasta un límite de 5.000 € por puesto de trabajo, los siguientes
tipos de gastos.
4.1 GASTOS DE PERSONAL.
Se aplicarán a este capítulo los gastos siguientes:
CVE:
BOP-2021-3160
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
Pág. 13761
●
●
●
meses.
Podrán ser destinatarias de la ayuda las entidades legalmente constituidas que cumplan las
siguientes características:
Ser Empresas con centros de trabajo de cualquier parte de la Unión Europea o
localidades de más de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
Tener una actividad empresarial relacionada con la industria del desarrollo software, el
sector auxiliar del software, el marketing digital, la industria 4.0 y cualquier otra
vinculada a la transformación y la innovación digital considera como empresa de base
tecnológica.
Que fomenten el teletrabajo de su personal, en el marco del Real Decreto Ley 28/2020
con al menos el 60% de la jornada, pasando a desarrollarlo en localidades menores de
20.000 habitantes de la Provincia de Cáceres.
Los/as trabajadores/as que se acojan a esta modalidad deberán fijar su residencia legal,
mediante un nuevo empadronamiento desde alguna localidad de más de 20.000 o de
otra localidad que no sea de la provincia a otra de inferior población de la Provincia de
Cáceres. Este particular podrá ser objeto de fiscalización mediante indicadores de
consumo de bienes, servicios o suministros.
3.3 LÍNEA 3: CENTROS DE TRABAJO COMPARTIDO.
Se recogen en esta línea las ayudas destinadas a empresas que, domiciliadas en cualquier
país de la Unión Europea, incluyendo a la totalidad de municipios de la provincia de Cáceres,
establezcan espacios de trabajo compartido (centros Coworking) en localidades menores de
20.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
Podrán ser destinatarias de la ayuda tanto empresas de nueva creación, como aquellas ya
constituidas con sede social en alguno de los países miembros de la Unión Europea, que
establezcan un espacio laboral orientado a la gestión del trabajo compartido con la adhesión
definitiva a jornada completa de al menos un/a trabajador/a a este centro.
BASE CUARTA: GASTOS SUBVENCIONABLES.
Serán objeto de subvención, hasta un límite de 5.000 € por puesto de trabajo, los siguientes
tipos de gastos.
4.1 GASTOS DE PERSONAL.
Se aplicarán a este capítulo los gastos siguientes:
CVE:
BOP-2021-3160
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
Pág. 13761