Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Pérez. (BOP-2021-3139)
BOP-2021-3139 Convenio de colaboración educativa entre la Universidad de Santiago de Compostela y el Ayuntamiento de Hernán Pérez (Cáceres) para la realizaciónde practicas académicas externa curriculares o extracurriculares del alumnado de todas las titulaciones de la Facultad de Xeografía e Historia de la Universida de Santiago de Compostela.
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poderes o capacidades que manifiestan no le fueron modificados ni revocados.
Todas las partes se reconocen plena capacidad y legitimación bastante para la formalización
del presente convenio y a los efectos
EXPONEN
Que el Real decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las prácticas académicas externas de
los estudiantes universitarios establece en su art. 8.1.a, la posibilidad de que el alumnado
matriculado en enseñanzas impartidas por la Universidad realice prácticas académicas
externas, que podrán ser curriculares o extracurriculares.
Que el Real decreto 1791/2010, del 30 de diciembre, por el que se aprueba el “Estatuto del
Estudiante Universitario”, establece en su art. 8.f el derecho del alumnado a la realización de
prácticas curriculares o extracurriculares, que podrán realizarse en entidades externas.
Que los Estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela establecen (Disposición
Adicional Primera) que “la Universidad de Santiago de Compostela podrá contar con la
colaboración de profesionales externos en el desarrollo de actividades prácticas derivadas de
convenios o acuerdos con ella, para impartir prácticas tuteladas externas, según lo que se
establezca en estos convenios, y procurará el adecuado reconocimiento de esta colaboración”.
Asimismo, en el art. 51. f) indican que una función de las facultades y escuelas es la promoción
e implantación de medidas para la realización de prácticas externas.
La adecuación de los programas educativos a las necesidades del mundo laboral constituye
una de las preocupaciones de la Universidad de Santiago de Compostela, de ahí que sea uno
de los objetivos de la USC el complementar su formación teórica mediante las prácticas en
entidades que les permitan conocer la realidad laboral.
Todas las partes consideran necesario un mayor acercamiento entre el ámbito laboral y la
universidad, para facilitar la futura inserción laboral del alumnado universitario egresado
mediante la alternancia de su formación teórica con prácticas externas, alcanzando al mismo
tiempo la mejor calificación e inserción en el ámbito laboral.
Con este Convenio se pretende enmarcar la cooperación educativa en la que se delimiten las
garantías recíprocas del alumnado y la entidad colaboradora en el desarrollo del período de
prácticas.
La USC se compromete al respeto del derecho fundamental de protección de datos y de
privacidad, por lo que cumplirá de manera leal con el Reglamento (UE) 2016/679 del
CVE:
BOP-2021-3139
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de junio de 2021
N.º 0121
Pág. 13648
Todas las partes se reconocen plena capacidad y legitimación bastante para la formalización
del presente convenio y a los efectos
EXPONEN
Que el Real decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las prácticas académicas externas de
los estudiantes universitarios establece en su art. 8.1.a, la posibilidad de que el alumnado
matriculado en enseñanzas impartidas por la Universidad realice prácticas académicas
externas, que podrán ser curriculares o extracurriculares.
Que el Real decreto 1791/2010, del 30 de diciembre, por el que se aprueba el “Estatuto del
Estudiante Universitario”, establece en su art. 8.f el derecho del alumnado a la realización de
prácticas curriculares o extracurriculares, que podrán realizarse en entidades externas.
Que los Estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela establecen (Disposición
Adicional Primera) que “la Universidad de Santiago de Compostela podrá contar con la
colaboración de profesionales externos en el desarrollo de actividades prácticas derivadas de
convenios o acuerdos con ella, para impartir prácticas tuteladas externas, según lo que se
establezca en estos convenios, y procurará el adecuado reconocimiento de esta colaboración”.
Asimismo, en el art. 51. f) indican que una función de las facultades y escuelas es la promoción
e implantación de medidas para la realización de prácticas externas.
La adecuación de los programas educativos a las necesidades del mundo laboral constituye
una de las preocupaciones de la Universidad de Santiago de Compostela, de ahí que sea uno
de los objetivos de la USC el complementar su formación teórica mediante las prácticas en
entidades que les permitan conocer la realidad laboral.
Todas las partes consideran necesario un mayor acercamiento entre el ámbito laboral y la
universidad, para facilitar la futura inserción laboral del alumnado universitario egresado
mediante la alternancia de su formación teórica con prácticas externas, alcanzando al mismo
tiempo la mejor calificación e inserción en el ámbito laboral.
Con este Convenio se pretende enmarcar la cooperación educativa en la que se delimiten las
garantías recíprocas del alumnado y la entidad colaboradora en el desarrollo del período de
prácticas.
La USC se compromete al respeto del derecho fundamental de protección de datos y de
privacidad, por lo que cumplirá de manera leal con el Reglamento (UE) 2016/679 del
CVE:
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Martes, 29 de junio de 2021
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