Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Pérez. (BOP-2021-3139)
BOP-2021-3139 Convenio de colaboración educativa entre la Universidad de Santiago de Compostela y el Ayuntamiento de Hernán Pérez (Cáceres) para la realizaciónde practicas académicas externa curriculares o extracurriculares del alumnado de todas las titulaciones de la Facultad de Xeografía e Historia de la Universida de Santiago de Compostela.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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realizado antes de la finalización de los estudios.
Decimosexta.- PROTECCIÓN DE DATOS.
Las partes se comprometen a cumplir lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos), así como en la Ley 3/2018, de protección de datos de carácter personal y
de la garantía de los derechos digitales y en el resto de la legislación española aplicable en
esta materia.
El alumnado en prácticas que por razón de las actividades formativas tenga acceso, en
cualquier fase del tratamiento, a datos de carácter personal no revelará, a persona ajena a la
entidad colaboradora, información de la que tuviera conocimiento, ni utilizará o dispondrá de
ella de una manera o con una finalidad distinta a la exigida por las acciones formativas,
obligación que subsistirá aún después de terminadas las mismas, respondiendo en caso de
incumplimiento del deber de secreto frente a la entidad colaboradora, sin perjuicio de las
responsabilidades que por igual causa pudieran derivarse ante la Agencia Española de
Protección de Datos.
A tal efecto el/la estudiante podrá firmar con la entidad colaboradora un documento en el que
se obligue a cumplir el deber de secreto antes citado.
La Universidad de Santiago de Compostela (USC) protege y garantiza el derecho fundamental
a la protección de datos y se muestra especialmente sensibilizada por la salvaguarda de la
privacidad de las personas. El tratamiento de datos se hace de acuerdo con el Reglamento
(UE) 2016/679 citado, con la Ley 3/2018, de protección de datos de carácter personal y de la
garantía de los derechos digitales así como con el resto de la legislación española aplicable en
esta materia. Así las cosas, este tratamiento responde a los principios de licitud, lealtad,
transparencia, limitación de la finalidad, minimización de los datos, exactitud, limitación del
plazo de conservación, integridad, confidencialidad y responsabilidad proactiva.
Décimo séptima. - COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
Se crea una Comisión de Seguimiento e Interpretación del presente convenio. La integran por
parte de la USC el vicerrector o vicerrectora con competencias en materia de prácticas
académicas externas, o persona en que delegue, y la persona responsable de las prácticas del
centro, y por parte de la entidad colaboradora las dos personas que esta designe. El vicerrector
o vicerrectora con competencias en materia de prácticas académicas externas, o persona en
CVE:
BOP-2021-3139
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de junio de 2021
N.º 0121
Pág. 13659
Decimosexta.- PROTECCIÓN DE DATOS.
Las partes se comprometen a cumplir lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos), así como en la Ley 3/2018, de protección de datos de carácter personal y
de la garantía de los derechos digitales y en el resto de la legislación española aplicable en
esta materia.
El alumnado en prácticas que por razón de las actividades formativas tenga acceso, en
cualquier fase del tratamiento, a datos de carácter personal no revelará, a persona ajena a la
entidad colaboradora, información de la que tuviera conocimiento, ni utilizará o dispondrá de
ella de una manera o con una finalidad distinta a la exigida por las acciones formativas,
obligación que subsistirá aún después de terminadas las mismas, respondiendo en caso de
incumplimiento del deber de secreto frente a la entidad colaboradora, sin perjuicio de las
responsabilidades que por igual causa pudieran derivarse ante la Agencia Española de
Protección de Datos.
A tal efecto el/la estudiante podrá firmar con la entidad colaboradora un documento en el que
se obligue a cumplir el deber de secreto antes citado.
La Universidad de Santiago de Compostela (USC) protege y garantiza el derecho fundamental
a la protección de datos y se muestra especialmente sensibilizada por la salvaguarda de la
privacidad de las personas. El tratamiento de datos se hace de acuerdo con el Reglamento
(UE) 2016/679 citado, con la Ley 3/2018, de protección de datos de carácter personal y de la
garantía de los derechos digitales así como con el resto de la legislación española aplicable en
esta materia. Así las cosas, este tratamiento responde a los principios de licitud, lealtad,
transparencia, limitación de la finalidad, minimización de los datos, exactitud, limitación del
plazo de conservación, integridad, confidencialidad y responsabilidad proactiva.
Décimo séptima. - COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
Se crea una Comisión de Seguimiento e Interpretación del presente convenio. La integran por
parte de la USC el vicerrector o vicerrectora con competencias en materia de prácticas
académicas externas, o persona en que delegue, y la persona responsable de las prácticas del
centro, y por parte de la entidad colaboradora las dos personas que esta designe. El vicerrector
o vicerrectora con competencias en materia de prácticas académicas externas, o persona en
CVE:
BOP-2021-3139
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de junio de 2021
N.º 0121
Pág. 13659