Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Coria. (BOP-2021-3137)
BOP-2021-3137 Publicación Bases Modificadas Concurso Oposición.
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Los/as seleccionados/as que dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno
de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados/as personal del Ayuntamiento de Guijo de
Coria, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación. La plaza no podrá ser ocupada por el/la aspirante que no
presentase la documentación.
Los/as que tuvieran la condición de funcionarios/as públicos/as estarán exentos/as de justificar
las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar únicamente certificación de la administración del que dependan, acreditando su
condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
La Sra. Alcaldesa deberá nombrar funcionario/a al/a aspirante propuesto (al/a que mayor
puntuación haya obtenido en el proceso de selección), en el plazo de un mes a contar desde la
terminación de los veinte días anteriores. El nombramiento mencionado se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, DOE Y BOE. Una vez publicado el
nombramiento de funcionario/a, éste/a deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo de un
mes.
BASE DÉCIMA. INCIDENCIAS.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos sean dictados en su
desarrollo, salvo las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas
interesadas mediante la interposición del recurso contencioso administrativo en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo correspondiente, Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
No obstante, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano
que dictó el acto que se recurre, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su
publicación, o cualquier otro recurso que estime procedente para la defensa de sus intereses,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
Contra los actos del Tribunal podrá interponerse recurso de alzada ante la Sra. Alcaldesa-
Presidenta de la Corporación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la
publicación del correspondiente Acuerdo del Tribunal.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
CVE:
BOP-2021-3137
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de junio de 2021
N.º 0121
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