Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2021-3002)
BOP-2021-3002 EXTRACTO. Bases Reguladoras que regirán las ayudas para garantizar el derecho al acceso de Suministros Mínimos Vitales. Año 2021.
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entidades públicas y privadas o a la propia persona solicitante, limitándose a aquéllos/as que
resulten imprescindibles para la comprobación del cumplimiento por parte de la persona
solicitante de los requisitos que se exigen para acceder a la prestación.
3. Por Resolución de la Alcaldía se otorgarán las ayudas procedentes a las personas que
conste que reúnen los requisitos en la relación a tal efecto elevada por el Servicio Social de
Atención Social Básica.
SEXTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
1. Los/as destinatarios/as presentarán las solicitudes conforme al modelo recogido en el
ANEXO I y la indicación expresa de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en
la convocatoria, adjuntado, en todo caso la documentación necesaria que acredite las
circunstancias alegadas de posible valoración.
2. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la
publicación del extracto de esta convocatoria en el B.O.P. de Cáceres hasta el día 30 de
noviembre del año en curso, salvo que se agote antes la cuantía asignada a esta finalidad, de
tal forma que se dará por cerrada la convocatoria si antes de la fecha citada se agota el crédito
presupuestario. Aquellas solicitudes que no obtengan ayuda serán archivadas sin que generen
ningún tipo de derecho para ulteriores procedimientos.
3. Cada interesado/a presentará una solicitud para las ayudas objeto de esta convocatoria,
aportando periódicamente la documentación que le sea requerida para acreditar que persiste la
situación de necesidad que motiva el otorgamiento.
SÉPTIMA. FINANCIACIÓN, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.
Visto el Decreto de 23 de marzo de la Vicepresidencia segunda y Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución
presupuestaria del Programa de Colaboración Económica y Municipal para Suministros
Mínimos Vitales. (D.O.E nº 55, de 23 de marzo de 2021).
El importe total de las ayudas será de 33.740 €, que se imputarán a la partida presupuestaria
231.481.03 subordinada a la existencia de crédito para 2021.
CVE:
BOP-2021-3002
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de junio de 2021
N.º 0116
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