Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2994)
BOP-2021-2994 Modificación de las Bases de la convocatoria de Ayudas para suministros mínimos vitales 2021.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cáceres
ANUNCIO. Modificación de las Bases de la convocatoria de Ayudas para
suministros mínimos vitales 2021.
El Consejo Rector del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, en Sesión Ordinaria de fecha 16
de junio de 2021, aprobó la modificación de las Bases de la Convocatoria de concesión de
ayudas para Suministros de Mínimos Vitales 2021, en los siguientes términos:
PRIMERA.- Se suprime el apartado 3 de la Base IV, que queda redactada como sigue:
1.- La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por
anualidad y unidad de convivencia que se establecen a continuación:
NÚMERO DE MIEMBROS CUANTÍA DE LA AYUDA.
Hasta 2 miembros 700 €
Entre 3 y 4 miembros 800 €
5 o más miembros 900 €
2. En caso de que se presenten varias solicitudes en la misma anualidad, no podrá concederse
en el mismo año a la unidad de convivencia, con cargo a estas prestaciones, un importe
superior al límite establecido en el apartado anterior para cada unidad de convivencia.
SEGUNDA.- Se incluye un nuevo párrafo en el apartado 3 de la BASE V:
Para aquellos supuestos en los que la ayuda se solicitara para el pago de alguno de los
suministros a que hace referencia la Base III y no existiera convenio de colaboración vigente
con la entidad suministradora para el pago de dichas facturas impagadas, la persona solicitante
deberá presentar las concretas facturas emitidas por la entidad suministradora que se hallen
impagadas y para cuyo pago se solicita la ayuda.
CVE:
BOP-2021-2994
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de junio de 2021
N.º 0116
Pág. 13212
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cáceres
ANUNCIO. Modificación de las Bases de la convocatoria de Ayudas para
suministros mínimos vitales 2021.
El Consejo Rector del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, en Sesión Ordinaria de fecha 16
de junio de 2021, aprobó la modificación de las Bases de la Convocatoria de concesión de
ayudas para Suministros de Mínimos Vitales 2021, en los siguientes términos:
PRIMERA.- Se suprime el apartado 3 de la Base IV, que queda redactada como sigue:
1.- La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por
anualidad y unidad de convivencia que se establecen a continuación:
NÚMERO DE MIEMBROS CUANTÍA DE LA AYUDA.
Hasta 2 miembros 700 €
Entre 3 y 4 miembros 800 €
5 o más miembros 900 €
2. En caso de que se presenten varias solicitudes en la misma anualidad, no podrá concederse
en el mismo año a la unidad de convivencia, con cargo a estas prestaciones, un importe
superior al límite establecido en el apartado anterior para cada unidad de convivencia.
SEGUNDA.- Se incluye un nuevo párrafo en el apartado 3 de la BASE V:
Para aquellos supuestos en los que la ayuda se solicitara para el pago de alguno de los
suministros a que hace referencia la Base III y no existiera convenio de colaboración vigente
con la entidad suministradora para el pago de dichas facturas impagadas, la persona solicitante
deberá presentar las concretas facturas emitidas por la entidad suministradora que se hallen
impagadas y para cuyo pago se solicita la ayuda.
CVE:
BOP-2021-2994
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de junio de 2021
N.º 0116
Pág. 13212