Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2959)
BOP-2021-2959 Juventas Emprende II, Bases reguladoras y Convocatoria.
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a.Vida laboral actualizada.
Declaración responsable de ayudas públicas acogidas al régimen de minimis,
debidamente cumplimentada.
Memoria evaluativa de la actividad subvencionada, consistente en la declaración
detallada de las actividades realizadas financiadas con la subvención y su coste.
Justificantes de pago de las cuotas autónomo /mutualista.
Declaración responsable de no haber recibido otras ayudas procedentes de otros
Fondos Europeos.
Declaraciones de IVA, Impuesto de Sociedades, etc (incluso declaraciones de IRPF y
TC1 Y TC2 mensuales, si cuenta con trabajadores/as contratados/as) del periodo
subvencionado o cualquier declaración ante AEAT que permita demostrar el ejercicio
de la actividad durante dicho periodo.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
El plazo máximo de justificación será de 1 mes desde el final del periodo subvencionado.
SUBSANACIÓN.
En relación a la justificación, una vez presentada la misma dentro del plazo señalado para ello
en esta BASE, si el órgano gestor considerase, tras las oportunas verificaciones, que existen
errores subsanables en la justificación, se requerirá a la persona beneficiaria que proceda a
corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. La presentación de la subsanación, se
hará a través de la sede Electrónica mediante la aportación de la documentación indicada y
siguiendo las indicaciones pertinentes que la Entidad Beneficiaria recibirá del órgano gestor. En
caso de no resolver adecuadamente la subsanación, el órgano gestor continuará con la
tramitación según lo dispuesto en la Base Décimo tercera y demás normativa de aplicación.
Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma, la Diputación Provincial
de Cáceres se la requerirá a la persona beneficiaria para que la presente en un plazo
improrrogable de 15 días, sin perjuicio de aplicar las sanciones que estén establecidas para
este tipo de incumplimientos. Ante ausencia de justificación definitiva, la Diputación Provincial
de Cáceres iniciará el correspondiente expediente de reintegro conforme a lo establecido en la
Base Decimotercera de la presente Convocatoria
PRÓRROGA.
Las personas beneficiarias podrán solicitar una prórroga del plazo de justificación de las
ayudas. Es obligado que dicha solicitud de prórroga esté registrada telemáticamente en la
CVE:
BOP-2021-2959
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de junio de 2021
N.º 0115
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