Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdeobispo. (BOP-2021-2953)
BOP-2021-2953 Bases de Auxiliar Administrativo/a.
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Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos
derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
UNDÉCIMA. BOLSA DE EMPLEO.
El Tribunal formulará una relación con los aspirantes que hayan superado el proceso de
selección, por orden prioritario de la puntuación obtenida, para constituir la bolsa de trabajo o
lista de espera.
Esta bolsa de trabajo podrá servir para cubrir puestos de dicha categoría, temporalmente
vacantes, suplencias por disfrute de licencias y de otras causas, o para la realización de tareas
de carácter no habitual, igualmente se podrá utilizar para contrataciones por duración
determinada. La puesta en funcionamiento de esta bolsa y su vigencia, dependerá de su
correspondiente aprobación por la Alcaldía-Presidencia.
El orden de prelación de los aspirantes de la lista de espera se proveerá por orden prioritario de
puntuación obtenida, con arreglo a las siguientes normas:
- El llamamiento se realizará personalmente a los teléfonos facilitados por los interesados en su
instancia y por dos veces en horario de mañana de 9,00 a 14.00 horas, con un intervalo mínimo
de una hora entre ambas llamadas. Si no se localizara por este medio se enviará un mensaje
de texto al teléfono móvil que se haya facilitado, quedando registrado informáticamente tanto la
utilización de este medio como el día y mensaje enviado, debiendo responder al mismo dentro
del día siguiente a la fecha de envío, hasta las 12,00 horas. En el supuesto que aceptara el
puesto de trabajo deberá personarse en este ayuntamiento en el antedicho plazo, aportando la
documentación necesaria para la tramitación del alta.
- Asimismo, si el aspirante facilita dirección de correo electrónico y autoriza su uso, se podrá
intentar contactar con él por esta vía.
- Si se diera la circunstancia de que la persona a quien correspondiera cubrir la vacante no
aceptara el nombramiento en el momento del llamamiento, o no respondiera en el plazo
concedido del día siguiente al envío del mensaje de texto, hasta las 12,00 horas, el mismo se
ofrecerá al siguiente de la lista y el anterior quedará suspendido en dicha categoría durante
todo el período de convocatoria, sin que se produzca un nuevo llamamiento hasta que finalice
la penalización, salvo que medie causa justificada, entendiéndose por causa justificada:
a) Incapacidad temporal, incluyéndose también la situación de suspensión por riesgo en
el embarazo. En este supuesto el parte de baja o certificado médico deberá ser anterior
a la fecha del llamamiento.
CVE:
BOP-2021-2953
Verificable
en:
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Viernes, 18 de junio de 2021
N.º 0114
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