Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2021-2949)
BOP-2021-2949 Aprobación definitiva modificación de la tarifa décima de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios o realización de actividades.
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Regla 3ª Para la aplicación de las tarifas a los residentes, todos los miembros de la Unidad
Familiar deberán estar empadronados en este Municipio como mínimo un año de antigüedad a
la fecha de solicitud del abono. Si un miembro de la Unidad Familiar m no estuviere
empadronado, el resto de sus miembros tendrá derecho a la aplicación de la tarifa de
residentes que le corresponda.
TARIFA QUINTA: Cementerios. (B.O.P Lunes 28 mayo 2012 N.º 101).
Epígrafe I. Inhumaciones, exhumaciones y traslado de restos.
Inhumaciones de cadáveres o restos cadavéricos
en panteones, capillas y mausoleos……………………………………………. 200 euros
Inhumaciones de cadáveres o restos cadavéricos en nicho…………140 euros
Exhumación o traslado de restos………………………………………………. 140 euros
Epígrafe II. Concesión de nichos, columbarios y terrenos.
Concesión de nichos por un periodo de 75 años………………………..600 euros/unidad
Concesión de columbarios por un periodo de 75 años………………....200 euros/unidad
M2 para construcción de panteones, capillas y mausoleos………………1260 euros/m²
Epígrafe III Vigilancia, títulos y otros.
Canon anual por nichos……………………………………………………….…10 euros
Canon anual por columbario……………………………………………………...5 euros
Expedición de duplicados de títulos……………………………………………..15 euros
Cambio de titularidad……………………………………………………………35 euros
Colocación de lápidas……………………………………………………………20 euros
La Tasa de la expedición de títulos se incrementará con el importe del documento, según
coste. (B.O.P viernes 2 abril 2004)
Regla 1ª. Son sujetos pasivos en concepto de contribuyentes, los titulares de las concesiones
otorgadas, las herencias yacentes y los obligados a prestarse alimentos. Hecha la participación
CVE:
BOP-2021-2949
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de junio de 2021
N.º 0114
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