Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mata de Alcántara. (BOP-2021-2941)
BOP-2021-2941 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Gimnasio.
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abonado/a y se exigirá el pago por la vía de apremio administrativo, de conformidad con lo
previsto en el artículo 28 de la Ley General Tributaria, con los recargos y costas que se
devenguen.
4. El Ayuntamiento podrá acordar, previo informe favorable de los Servicios Técnicos
correspondientes, la suscripción de Convenios Especiales para la utilización del gimnasio de
este Ayuntamiento, con otras entidades públicas o privadas que persigan el fomento del
deporte sin ánimo de lucro.
ARTÍCULO 5. NORMAS COMUNES.
Todos/as los/as usuarios/as estarán obligados/as a respetar las normas de uso de las
instalaciones y se deberá respetar y cuidar en todo momento el equipamiento, mobiliario, etc.
intentando mantener siempre limpias las instalaciones y dejando todo el material usado
debidamente limpio tras su uso.
En el caso de que algún/a usuario/a realice desperfectos o daños a propósito o por el mal uso
de las instalaciones, siempre que aquellos le sean imputables, se atenderá a lo recogido en la
Ordenanza Municipal de Policía y Buen Gobierno.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Las cuantías de las tasa reguladas en la presente Ordenanza incluyen el IVA correspondiente.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza, entrará en vigor y comenzará a aplicarse el día siguiente de su
publicación en el Boletín Oficial de Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o
derogación expresas.
Mata de Alcántara, 15 de junio de 2021
Luis Amado Galán Hernández
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-2941
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de junio de 2021
N.º 0114
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