Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2888)
BOP-2021-2888 Creación del servicio público de gestión del Refugio Provincial de Animales.
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TERCERO.- Publicitar en el B.O.P. de Cáceres la adopción del presente acuerdo
plenario, que determina la forma de prestación del servicio.
CUARTO.- Comunicar el Acuerdo a las Administraciones del Estado y de la Comunidad
Autónoma dentro del plazo de los seis días siguientes a su aprobación, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 196.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
QUINTO.- Notificar el presente Acuerdo a los interesados, con indicación de los
recursos que procedan.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que la
presente Resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puede interponerse, en
el plazo de dos meses a partir de su recepción, recurso contencioso-administrativo ante los
juzgados de lo contencioso-administrativo de Cáceres o, con carácter potestativo, Recurso de
Reposición ante la Presidencia, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin
perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente.
No obstante, la Comisión de Hacienda y Asistencia a Entidades Locales resolverá lo
que estime más conveniente para los intereses provinciales.
En Cáceres, a fecha de la firma electrónica.
CVE:
BOP-2021-2888
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de junio de 2021
N.º 0112
Pág. 12785
plenario, que determina la forma de prestación del servicio.
CUARTO.- Comunicar el Acuerdo a las Administraciones del Estado y de la Comunidad
Autónoma dentro del plazo de los seis días siguientes a su aprobación, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 196.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
QUINTO.- Notificar el presente Acuerdo a los interesados, con indicación de los
recursos que procedan.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que la
presente Resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puede interponerse, en
el plazo de dos meses a partir de su recepción, recurso contencioso-administrativo ante los
juzgados de lo contencioso-administrativo de Cáceres o, con carácter potestativo, Recurso de
Reposición ante la Presidencia, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin
perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente.
No obstante, la Comisión de Hacienda y Asistencia a Entidades Locales resolverá lo
que estime más conveniente para los intereses provinciales.
En Cáceres, a fecha de la firma electrónica.
CVE:
BOP-2021-2888
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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