Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2888)
BOP-2021-2888 Creación del servicio público de gestión del Refugio Provincial de Animales.
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Considerando los fundamentos de hecho y de derecho que se deducen de las
propuestas e informes aludidos (y que constan en el expediente), entre otros, los siguientes:
Primero.- El artículo 36.1.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local (en adelante, LRBRL) preceptúa que, con carácter general, es competencia propia
de la Diputación la prestación de servicios de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomar-
cal, asignándole las competencias de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los
municipios.
Segundo.- Asimismo, el artículo 36.1.a) en relación con el artículo 31.2.a) de la LRBRL,
establece que la Diputación Provincial de Cáceres tiene atribuida la misión de asegurar la presta-
ción integral y adecuada en todo su territorio de los servicios de competencia municipal, entre los
que se encuentra la protección de la salubridad pública, que se configura como una competencia
propia de los municipios en virtud de lo dispuesto en el artículo 25.2.j) del mismo cuerpo legal.
A este respecto cabe destacar que la existencia de perros abandonados, sueltos, vaga-
bundos, incontrolados y cimarrones, evidencia un problema higiénico-sanitario, en cuanto que
éstos perros sobreviven en condiciones muy deficientes y representan un alto riesgo potencial
para la salud humana, ya que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), los perros in-
controlados, desde un punto de vista sanitario, son los animales que mayor número de enferme-
dades pueden transmitir al hombre, citándose como las más peligrosas, aunque no las únicas, la
rabia y la hidatidosis; además de este riesgo sanitario, representan una amenaza para la seguri-
dad de las personas y, en el medio rural, debe añadirse el perjuicio económico que pueden oca-
sionar en los casos de ataques a cabañas ganaderas y a animales de renta.
Como consecuencia de ello, los servicios que se van a prestar en el refugio provincial
de animales y que se hallan relacionados con la recogida, alojamiento, manutención y entrega
de perros abandonados en la provincia de Cáceres, son servicios que necesariamente han de
prestarse, y dicha prestación será siempre más eficaz, eficiente, económica y de mayor cali-
dad si se realiza a través de un único cauce/gestor, esto es, la Diputación Provincial de Cáce-
res, que si la llevan a cabo múltiples Municipios a los que, por su reducido presupuesto y ca-
pacidad de gestión, les resultaría inviable dicha prestación.
CVE:
BOP-2021-2888
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de junio de 2021
N.º 0112
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