Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2871)
BOP-2021-2871 Bases Generales para la regulación de aspectos comunes a los procesos selectivos de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos.
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PRIMERA. Objeto
1.1 Las presentes bases regulan los aspectos comunes a los procesos selectivos que convoque
la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos para la selección de los
empleados públicos, dentro del marco general de ejecución de las Ofertas de Empleo Público, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, aprobada para su
desarrollo en el ámbito de las Administraciones de Extremadura.
Los procesos selectivos especiales de estabilización y consolidación de empleo temporal
se ajustarán a lo establecido en el Anexo III de las presentes bases generales
1.2. Las especificidades de cada proceso selectivo serán objeto de regulación en las Bases
específicas que se aprobarán por el titular del órgano competente para regir cada convocatoria,
previa negociación y acuerdo en la Mesa de Negociación de empleados Públicos.
1.3. Los procesos selectivos que se convoquen tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato
entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14
de la Constitución Española, la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976, el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura y lo
previsto en el Acuerdo-Convenio por el que se aprueba el II Plan de Igualdad entre mujeres y
hombres de la Diputación Provincial de Cáceres, en vigor desde el 1 de enero de 2014.
SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las es-
pañoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no es-
tén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento que acredite
las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho años para el acceso a las
Escalas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud.
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CVE:
BOP-2021-2871
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 15 de junio de 2021
N.º 0111
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