Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2871)
BOP-2021-2871 Bases Generales para la regulación de aspectos comunes a los procesos selectivos de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos.
65 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Las instancias se dirigirán a la Presidencia de la Corporación y se presentarán en el
Registro General de ésta, sito en Plaza Santa María, s/n, C.P. 10071, dentro del plazo de veinte
días hábiles contados a partir del siguiente en que se publique el anuncio de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo
dieciséis de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o en cualquier norma que establezca otra forma de relacionarse con la
Administración.
La no presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la inadmisión del
aspirante al proceso selectivo.
QUINTA. Admisión de aspirantes
5.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda referidos a
la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en
la forma prevista en la base undécima.
5.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y
excluidos/as. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por causas justificadas y previa
resolución motivada
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del
artículo sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes
dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
5.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P., en el
Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a
definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado
errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del
primer ejercicio de la fase de oposición.
5.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
5.5 Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promoción interna o por el cupo de
discapacidad, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de
reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el turno
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CVE:
BOP-2021-2871
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 15 de junio de 2021
N.º 0111
Pág. 12666
Registro General de ésta, sito en Plaza Santa María, s/n, C.P. 10071, dentro del plazo de veinte
días hábiles contados a partir del siguiente en que se publique el anuncio de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo
dieciséis de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o en cualquier norma que establezca otra forma de relacionarse con la
Administración.
La no presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la inadmisión del
aspirante al proceso selectivo.
QUINTA. Admisión de aspirantes
5.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda referidos a
la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en
la forma prevista en la base undécima.
5.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y
excluidos/as. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por causas justificadas y previa
resolución motivada
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del
artículo sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes
dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
5.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P., en el
Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a
definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado
errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del
primer ejercicio de la fase de oposición.
5.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
5.5 Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promoción interna o por el cupo de
discapacidad, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de
reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el turno
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