Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Ana. (BOP-2021-2856)
BOP-2021-2856 Aprobación definitiva Ordenanza tasa prestación servicios de herraje y aprovechamiento de montanera en Dehesa Boyal.
4 páginas totales
Página
un texto normativo los usos y costumbres locales que en el aspecto tributario viene regulando
dicho aprovechamiento.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios o la utilización de las
instalaciones por los/as vecinos/as de Santa Ana que se indican:
a) Herraje de cerdos en la dehesa boyal con ocasión de la montanera y aprovechamiento de
montanera que se detallan en las tarifas.
ARTÍCULO 3. Sujeto Pasivo.
Son sujetos pasivos de esta tasa, en concepto de contribuyentes todas las personas físicas o
jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 36 de la Ley General Tributaria, que tengan
derecho al aprovechamiento de la montanera de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza
general reguladora de los aprovechamientos comunales de la dehesa boyal, soliciten la
prestación de los servicios enumerados en el artículo anterior.
ARTÍCULO 4. Responsables.
Responderán de la deuda tributaria los deudores principales junto a otras personas o
entidades. A estos efectos, se considerarán deudores/as principales los/as obligados/as
tributarios/as del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria.
Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria.
Con relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria, se estará a lo
establecido en los artículos 42 y 43, respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria.
ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria.
La cuota tributaria a satisfacer por el sujeto pasivo será el resultado de aplicar la tarifa siguiente
SERVICIOS QUE SE PRESTAN TARIFA
HERRAJE DE CERDO 2 €/UNIDAD
CVE:
BOP-2021-2856
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 14 de junio de 2021
N.º 0110
Pág. 12613