Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2820)
BOP-2021-2820 Normas Reguladoras de la subvención del Plan de Emergencia Municipal 2021.
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Asimismo, el importe de las subvenciones en especie reguladas en las presentes normas
reguladoras en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con
otros recursos que financien la redacción, aprobación e implantación del PEMU, supere los
gastos previstos para la realización del mismo.
GASTOS SUBVENCIONABLES.
Mediante las presentes normas, se pretende destinar el presupuesto consignado a los fines
fijados en el objeto de las ayudas, garantizando los principios fiscales de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera enmarcados en la normativa señalada.
Las entidades locales destinarán la subvención al objeto establecido, de acuerdo con las
prescripciones establecidas en las presentes normas y en cumplimiento de las competencias y
servicios propios municipales incluidos en el ámbito de la Ley 7/1985, teniendo en cuenta la
modificación de la Ley 27/2013.
Serán objeto de las ayudas los gastos generados por la redacción, implantación y aprobación
del PEMU desactualizado, de acuerdo con la estructura de gastos establecida en la Orden
3565/2008, de 3 de diciembre.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
El presente Plan se tramitará telemáticamente, a través de la sede electrónica de la Diputación.
La dirección de Internet de acceso a la sede electrónica es
https://sede.dip-caceres.es
El plazo para la presentación de la solicitud será de un mes, a partir de la apertura de la sede
telemática, que tendrá lugar al día siguiente de la publicación del extracto de estas normas
reguladoras en el Boletín Oficial de la Provincia. De no proceder a la presentación de dicha
solicitud en el plazo establecido, se entenderá que la entidad local desiste de su derecho a la
percepción de la subvención.
Para poder acceder al trámite de presentación de solicitud, las entidades interesadas deberán
identificarse electrónicamente de forma segura en la sede electrónica de la Diputación a través
de los medios de identificación facilitados en la misma
La Diputación, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la sede
electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros
procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.
CVE:
BOP-2021-2820
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de junio de 2021
N.º 0109
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