Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2789)
BOP-2021-2789 Convocatoria para la elaboración de una bolsa de empleo temporal de Técnicos/as en Formación. Modificación de las bases y apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes de participación.
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Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el
Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso
selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el
órgano competente el aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso
selectivo. Los Tribunales podrán excluir a aquellos opositores que lleven a cabo cualquier
actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
SEXTA. Actuación de aspirantes.
6.1. Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado
libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para
que acrediten su personalidad.
6.2. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo
de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización
del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la
lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
SÉPTIMA. Sistema de selección
7.1. El proceso de selección se realizarán a través del sistema de Oposición:
Oposición: 10 puntos.
7.2. Fase de Oposición: Las puntuación máxima alcanzable en esta fase es de 10 puntos.
Consistirá en un ejercicio que se puntuará, a efectos de su corrección, de 0 a 10 puntos.
El único ejercicio de la fase de oposición consistirá en la realización, en un tiempo máximo de
110 minutos de un cuestionario tipo test de 80 preguntas, más 10 de reserva.
El temario al que se hace referencia es el comprendido en el programa Anexo a esta
convocatoria.
A este respecto, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen procedentes
con objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Tribunal de Selección, dentro de los
tres días hábiles siguientes a su publicación.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1. El aspirante deberá obtener un mínimo de 5 puntos para superar la prueba tipo test en la
Fase de Oposición.
8.2. Cada respuesta correcta se valorará con 0,125 puntos y la suma de cada tres respuestas
contestadas erróneamente, restarán una pregunta contestada correctamente, sin que resten las
respuestas en blanco.
8.3.- En el supuesto de que se produzcan empates se atenderá en primer lugar al mayor
numero de preguntas acertadas y en segundo lugar al sexo menos representado en el
CVE:
BOP-2021-2789
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Jueves, 10 de junio de 2021
N.º 0108
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