Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2021-2768)
BOP-2021-2768 Bases reguladoras para la concesión de Subvenciones en materia de ayudas a la natalidad - Cheque Bebé.
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a.
b.
c.
d.
Existe crédito suficiente en la partida 231-22609 del presupuesto del ejercicio 2021 para hacer
frente al gasto total que supone la convocatoria.
TERCERA. - Requisitos Para Ser Beneficiario/a de la Subvención.
BENEFICIARIOS/AS.
Podrán ser beneficiarios/as los/las padres/madres o adoptantes que consten como titulares del
Libro de familia, en el que figure debidamente inscrito el/la niño/a. Si en el Libro de familia
figurase un/a único/a progenitor/a o adoptante, será este/a el/la beneficiario/a de la ayuda.
En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los/las progenitores/as o adoptantes,
el/la beneficiario/a de la prestación será aquel/lla a quien se otorgue la custodia del/a hijo/a por
el que se concede la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el convenio regulador o
sentencia judicial correspondiente.
No podrán ser beneficiarios/as los/las progenitores/as o adoptantes privados total o
parcialmente de la patria potestad de los/las hijos/as o adoptados/as por cuyo nacimiento o
adopción se otorga la subvención, así como tampoco se otorgará la ayuda en caso de que la
tutela haya sido asumida o concedida a una institución pública.
Se tendrá derecho a percibir la correspondiente ayuda por los nacimientos o adopciones que
tengan lugar entre el 1 de enero y 31 de diciembre del año natural inmediatamente anterior al
ejercicio presupuestario con cargo al que se otorgue la referida subvención.
REQUISITOS.
Los beneficiarios de la ayuda, además de los requisitos del artículo 13 de la Ley General de
Subvenciones, deberán cumplir los requisitos siguientes:
Estar empadronados/as los/las dos progenitores/as, que figuran en el Libro de familia,
en el ayuntamiento de Aldeacentera, con dos años de antelación a la fecha en que se
produzca el nacimiento o adopción y continuar inscritos/as en el Padrón Municipal en
el momento de presentar la solicitud.
Acreditar que la unidad familiar constituida tiene la intención de residir dentro del
término municipal durante un periodo de dos años a contar desde el nacimiento o
adopción.
Encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias municipales.
No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el
CVE:
BOP-2021-2768
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de junio de 2021
N.º 0107
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