Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2766)
BOP-2021-2766 Ampliación del plazo de ejecución y justificación. Obras encomendadas Plan Activa 2020.
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la colaboración de la Diputación Provincial de Cáceres, con la imagen corporativa del PLAN
ACTIVA OBRAS 2020, en los términos recogidos en los anexos que se publican en la web de
esta Diputación (CARTEL DE OBRAS).
Dicha publicidad deberá efectuarse desde el inicio de la actuación hasta el fin de la anualidad
2023.”
TERCERO. Modificar asimismo el contenido del apartado 13º de las instrucciones, en relación
a los plazos establecidos en materia de retraso en el plazo de ejecución del gasto, y retraso en
el plazo de justificación de la ejecución de la inversión, adicionando un año a las fechas
inicialmente previstas, quedando redactados los mencionados párrafos tal y como se indica a
continuación, y permaneciendo inalterable el resto del apartado:
“- Retraso en el plazo de ejecución del gasto:
Reintegros parciales: La terminación y recepción de la obra entre el 1 de noviembre y el 31 de
diciembre de 2022, conllevará la pérdida del 10 % de la aportación provincial, incrementándose
dicha pérdida en otro 10 % más de la aportación provincial por cada mes completo que se
incumpla el plazo de ejecución de la inversión.
Reintegro total: El retraso en el cumplimiento del plazo previsto para la ejecución del gasto
supondrá la pérdida TOTAL del derecho a la aportación provincial cuando la ejecución del
gasto se realice con posterioridad al 30 de septiembre de 2023.
- Retraso en el plazo de justificación de la ejecución de la inversión:
El retraso en el cumplimiento de la obligación de justificar la ejecución y abono de las obras por
parte del/a beneficiario/a del plan, supondrá la pérdida del derecho a la aportación provincial en
los siguientes términos:
Reintegros parciales: El retraso en el cumplimiento del deber de justificar que se produzca
entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2023, conllevará la pérdida del 10 % de la aportación
provincial, incrementándose dicha pérdida en otro 10 % más de la aportación provincial por
cada mes completo que se retrase el cumplimiento del deber de justificar la inversión.
Reintegro total: El retraso en el cumplimiento del plazo previsto para la justificación del gasto
supondrá la pérdida TOTAL del derecho a la aportación provincial cuando la ejecución del
gasto se realice con posterioridad al 30 de noviembre de 2023.”
CUARTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, así como dar
CVE:
BOP-2021-2766
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de junio de 2021
N.º 0107
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