Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carrascalejo. (BOP-2021-2678)
BOP-2021-2678 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal Reguladora de la venta ambulante y no sedentaria y del mercadillo de Carrascalejo.
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c) Satisfacer los tributos de carácter municipal previstos para este tipo de venta en las
Ordenanzas, procediéndose al pago trimestral.
d) Estar en posesión de la licencia municipal correspondiente. Con posterioridad el
Ayuntamiento lo/la inscribirá en el registro de vendedores/as ambulantes del municipio.
e) Estar en posesión del carné de manipulador/a de alimentos en aquellos casos que la
Ley lo exija.
g) Reunir las condiciones y requisitos exigidos por la normativa reguladora para el
producto objeto de la venta.
Los/as prestadores/as procedentes de terceros países, deberán acreditar el cumplimiento de
las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de
residencia y trabajo.
2. La circunstancia de estar dado/a de alta y al corriente de pago del Impuesto de Actividades
Económicas, o en su caso, en el censo de obligados tributarios, deberá ser acreditada, a
opción del/a interesado/a, bien por el mismo, bien mediante autorización a la Administración
para que verifique su cumplimiento.
3. La solicitud dará lugar a la instrucción del correspondiente expediente por la Concejalía
competente o bien por los Servicios Municipales designados, con el fin de comprobar el
cumplimiento de los requisitos exigidos y la oportunidad o no, de la concesión, así como
realizar cuantos trámites se estimen pertinentes al respecto, correspondiendo a la Alcaldesa-
Presidenta del Ayuntamiento de Carrascalejo, o persona u órgano en quien delegue, otorgar
las autorizaciones municipales para el ejercicio de las distintas modalidades de venta
ambulante objeto de regulación.
Artículo 8. Régimen de las autorizaciones.
1. La licencia municipal para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria debe contener
indicación expresa acerca de:
a) Ámbito territorial donde puede realizarse la venta y, dentro de este, el lugar o lugares
donde ha de ejercerse.
b) Las fechas y horarios en que ha de llevarse a cabo.
c) Los productos autorizados.
CVE:
BOP-2021-2678
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de junio de 2021
N.º 0104
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