Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldea del Cano. (BOP-2021-2674)
BOP-2021-2674 Aprobación definitiva Reglamento Honores y Distinciones.
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Concejal/a Honorario/a de la Corporación. Los/as nombrados/as carecerán de facultades para
intervenir en el gobierno o administración del Municipio, pero el/la Alcalde/sa efectivo podrán
investirlos/as de funciones representativas cuando éstas hayan de ejercerse fuera del
Municipio. A los/as distinguidos/as, además de los títulos correspondientes, se les/as
entregarán los distintivos de su cargo honorífico, que serán como los/as de los/as miembros de
la Corporación.
Se crea la Figura de Cronista Local.
Podrán existir otras distinciones a conceder por el Excmo. Ayuntamiento de Aldea del Cano,
como reconocimiento a los méritos a los que se refieren los artículos segundo y tercero del
presente Reglamento, en dar el nombre de las personas que sean dignas de ellos a plazas,
avenidas, calles, edificios, parques y paseos del Municipio; colocar placas conmemorativas que
perpetúen el nombre de los/as distinguidos/as, alzamiento de monumentos o estatuas en
lugares públicos para perpetua memoria de personas o hechos de trascendental importancia
para el Municipio de Aldea del Cano y cualquier otro Honor que la Corporación estime
adecuado a las circunstancias de cada caso.
CAPITULO V. PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE HONORES Y
DISTINCIONES.
ARTÍCULO 15. Iniciación, instrucción, resolución.
Las propuestas de concesión de honores y distinciones solamente podrán tomarse en
consideración cuando procedan:
a) Del/a Sr/a. Alcalde/sa Presidente/a de la Corporación;
b) De la petición conjunta de un tercio de los/as Concejales/as redondeado por exceso;
c) De la petición razonada de Entidades, Centros de carácter oficial, Institutos o
Asociaciones de reconocido prestigio y solvencia.
d) De cualquier vecino/a con el apoyo del 20% de las firmas del Censo Electoral del
Municipio.
El expediente se iniciará por un Decreto de la Alcaldía Presidencia, en el que se dispondrá la
incoación del mismo al fin indicado, y se designará de entre los/as Concejales/as el que como
Instructor/a haya de tramitarlo, así como el/la Secretario/a.
La propuesta de iniciación de expediente será sometida a información pública durante el plazo
CVE:
BOP-2021-2674
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de junio de 2021
N.º 0104
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