Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2021-2672)
BOP-2021-2672 Aprobacion definitiva Ordenanza reguladora de las viviendas propiedad del Ayuntamiento de Zorita.
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AYUNTAMIENTO DE ZORITA
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EXPOSICION DE MOTIVOS.
La Constitución española, en su artículo 47, recoge el derecho de carácter social de
todos los ciudadanos a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, cuyo reconocimiento
implica el mandato a los poderes públicos para que adopten las medidas necesarias que
posibiliten su ejercicio real y efectivo mediante la promoción de las condiciones necesarias y
el establecimiento de las normas pertinentes para convertir este derecho en una realidad.
La vivienda como bien necesario aparece definida en el artículo 25 de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948, en el artículo 11 del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 1966, y en el Convenio
Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de
1950.
El Ayuntamiento de Zorita es consciente de la necesidad de articular políticas activas
que den respuesta a las necesidades de vivienda de la ciudadanía de Zorita. Asimismo el
Ayuntamiento de Zorita quiere prestar una especial atención a aquellas familias, que por
diversas circunstancias, se encuentran en una situación social de desventaja para acceder a
una vivienda digna.
En este sentido el Ayuntamiento de Zorita disponiendo de determinadas viviendas que
destina, desde hace años, a cubrir estas necesidades en determinadas familias, desde la
experiencia acumulada en estos años y las exigencias de disponer de un instrumento, con
independencia de otras posibles actuaciones, que permita regular, objetivar y sistematizar el
proceso de adjudicación de viviendas de titularidad municipal, aconseja la redacción y
aprobación de la presente Ordenanza
CVE:
BOP-2021-2672
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de junio de 2021
N.º 0103
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