Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Eljas. (BOP-2021-2655)
BOP-2021-2655 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de agua municipal.
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Las cuotas liquidadas y no satisfechas en su debido tiempo, serán hechas efectivas por el
procedimiento de apremio con arreglo a las normas del Reglamento General de Recaudación.
Podrá suspenderse temporalmente el abastecimiento de agua potable en los siguientes casos:
Avería.
Obras para mejorar el servicio.
Obras para proceder al mantenimiento de las redes de distribución.
Escasez de agua en el lugar de captación.
Impago de la cuota en voluntaria, que al considerarse infracción grave, se suspenderá el
servicio durante 3 meses, concediéndose previamente plazo de audiencia al interesado
de 10 días.
El Ayuntamiento podrá establecer convenios de colaboración con entidades, instituciones, y
organizaciones representativas de los/as sujetos pasivos de la tasa, con el fin de simplificar el
cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas de aquellas o los
procedimientos de liquidación o recaudación.
Artículo 6.- Infracciones y sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a
las misma corresponda en cada caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 178 y siguientes
de la Ley General Tributaria, conforme se ordena en el art. 11 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
DISPOSICION FINAL.
La presente Ordenanza que consta de 6 artículos, fue aprobada por el Ayuntamiento Pleno en
sesión celebrada el día 30/03/2.021 y entrará en vigor y comenzará a aplicarse el día de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación
o derogación expresa.
Lo que se pone en conocimiento del público en cumplimiento en el art. 17 y 19 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, a los efectos de que los interesados en el expediente
puedan interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la
publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
CVE:
BOP-2021-2655
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de junio de 2021
N.º 0103
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