Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Eljas. (BOP-2021-2654)
BOP-2021-2654 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Tasa de Expedición de Documentos Administrativos.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Eljas
EDICTO. Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Tasa de Expedición
de Documentos Administrativos.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Eljas
de 30/03/2021 sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
expedición de documentos administrativos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento
del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS
ADMINISTRATIVOS.
ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española,
y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 20 a 27 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por expedición de
documentos administrativos, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas
atienden a lo dispuesto en el artículo 57 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad administrativa desarrollada con motivo de
la tramitación, a instancia de parte, de toda clase de documentos que expida y de expedientes
de que entienda la Administración o las Autoridades municipales.
A estos efectos, se entenderá tramitada a instancia de parte cualquier documentación
administrativa que haya sido provocada por el particular o redunde en su beneficio aunque no
haya mediado solicitud expresa del/a interesado/a.
CVE:
BOP-2021-2654
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de junio de 2021
N.º 0103
Pág. 11743