Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Eljas. (BOP-2021-2653)
BOP-2021-2653 Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de cementerio municipal.
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siguiente tarifa:
NICHO O PANTEÓN:
— Concesión a 75 años: 600 euros.
COLUMBARIO
— Concesión a 75 años: 300 euros.
Artículo 8. Devengo.
La tasa se devengará desde el mismo momento en que se solicite la autorización o el servicio
pretendido, naciendo por tanto la obligación de contribuir. El pago de la tasa podrá hacerse
efectivo en las oficinas municipales o a través de transferencia bancaria.
Artículo 9. Impago de recibos.
Para aquellas cuotas y recibos que no puedan ser cobrados, se aplicará lo establecido en el
Reglamento General de Recaudación.
Artículo 10. Infracciones y sanciones.
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones
que la desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL.
Esta Ordenanza fiscal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres, y permanecerá en vigor hasta que se acuerde su modificación o
derogación.
La presente Ordenanza, que consta de diez artículos y una disposición final, fue aprobada por
acuerdo del Ayuntamiento pleno adoptado en sesión celebrada el día 31/03/2021, se eleva a
definitivo por ausencia de reclamaciones, y entrará en vigor el mismo día de su publicación en
el «Boletín Oficial de la Provincia», permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación
expresas.
Lo que se pone en conocimiento del público en cumplimiento en el art. 17 y 19 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, a los efectos de que los interesados en el expediente
CVE:
BOP-2021-2653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de junio de 2021
N.º 0103
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