Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Eljas. (BOP-2021-2653)
BOP-2021-2653 Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de cementerio municipal.
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terrenos, licencias de obras y prestación de todo tipo de servicios, reguladas en la
correspondiente Ordenanza fiscal.
Llevará el registro de enterramientos en un libro foliado y sellado.
Garantizará que los enterramientos que se efectúen en el Cementerio Municipal se
deben realizar sin discriminación por razones de religión ni por cualesquiera otras.
Organizará de la forma mas adecuada el servicio de velatorio de los cadáveres.
Los lugares de enterramiento que este Ayuntamiento cede están sometidos a concesión
administrativa. Así, como consecuencia de su calificación como bienes de dominio público, la
totalidad de las instalaciones, incluidos los lugares de enterramiento gozan de inalienabilidad,
inembargabilidad e imprescriptibilidad.
Será nula de pleno derecho toda transmisión o aprovechamiento pactado o efectuado entre
particulares de cualquier instalación o lugar del Cementerio Municipal.
La concesión administrativa tendrá una duración de:
Nicho: 75 años ( plazo máximo ).
Panteón: 75 años ( plazo máximo ).
Columbario: 75 años ( plazo máximo )
Queda prohibida:
La entrada al cementerio de animales.
El aparcamiento fuera de los lugares destinados a tal efecto.
Cualquier falta de respeto que perturbe el recogimiento del lugar, guardando siempre el
orden debido.
Fumar y comer en las instalaciones del cementerio.
La entrada de mendigos/as o vendedores/as ambulantes y la asistencia de personas
bajo los efectos del alcohol.
Caminar por fuera de los caminos, pisando las tumbas o las flores.
Cualquier persona que perturbe gravemente el funcionamiento del Cementerio podrá ser
expulsada con carácter inmediato de las instalaciones. En el supuesto de ser necesario, se
requerirá el concurso de la fuerza pública para que ejecute dicha expulsión.
Los derechos funerarios serán otorgados por el Ayuntamiento, por medio de una concesión
administrativa. Se le asignará al/la solicitante un nicho, panteón, sepultura, otorgándose
únicamente la ocupación temporal del mismo.
CVE:
BOP-2021-2653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de junio de 2021
N.º 0103
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