Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdehúncar. (BOP-2021-2637)
BOP-2021-2637 Aprobación final de la Ordenanza Municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida en Extremadura y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en vía pública.
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b) En caso de persona solicitante de la tarjeta provisional por razones humanitarias,
además de dicha solicitud se aportará:
b.1) Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
b.2) Certificado de empadronamiento (incorporación de oficio).
b.3) Fotocopia del DNI de la persona interesada, en caso de ser menor de edad y
no disponer de DNI, se aportará fotocopia del libro de familia o autorización a sus
efectos.
b.4) Certificado del personal médico facultativo de los servicios públicos de salud,
que deberá contar con la validación de la inspección de los servicios sanitarios
competentes por razón del domicilio de la persona solicitante, que acredite que
presenta movilidad reducida, aunque esta no haya sido dictaminada oficialmente,
por causa de una enfermedad o patología de extrema gravedad que suponga
fehacientemente una reducción sustancial de la esperanza de vida que se
considera normal para su edad y demás condiciones personales, y que
razonablemente no permita tramitar en tiempo la solicitud ordinaria de la tarjeta
de estacionamiento.
c) En caso de persona física o jurídica titular de vehículo destinado exclusivamente al
transporte colectivo de personas con discapacidad, además de la solicitud se aportará:
c.1) Fotocopia del DNI/NIE/NIF de la persona solicitante.
c.2) Documentación acreditativa de la representación legal o apoderamiento, en
su caso.
c.3) Documento que acredite que el vehículo se destina exclusivamente al
transporte colectivo de personas con discapacidad para la prestación de servicios
sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia,
a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, así
como los servicios sociales a los que se refiere el texto refundido de la Ley
General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
El citado documento podrá sustituirse por una declaración responsable que
contenga la mención a que se hace referencia en el párrafo anterior.
CVE:
BOP-2021-2637
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de junio de 2021
N.º 0102
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