Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Robledollano. (BOP-2021-2628)
BOP-2021-2628 Aprobación definitiva Ordenanza uso Gimnasio Municipal.
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5. Presentar las quejas, sugerencias o reclamaciones que estime convenientes; por
escrito en el Ayuntamiento.
9ª. Obligaciones de los/as usuarios/as.
Los/as usuarios/as están obligados/as al cumplimiento de las siguientes determinaciones:
1. Nadie podrá entrar al gimnasio si previamente no ha abonado la tasa correspondiente.
La entrada al gimnasio es personal e intransferible, pudiendo solamente entrar la
persona que haya pagado la tarifa correspondiente y no pudiendo, por tanto, cederla a
otra persona, así como se le requerirá informe médico de aptitud para el ejercicio.
2. No se permitirá el acceso al gimnasio a aquellos/as usuarios/as que no utilicen
atuendo y calzado deportivo, así como llevarán una toalla para colocarla en los
respaldos de los aparatos como medida higiénica.
3. Cumplir rigurosamente con los horarios establecidos, así como con las
recomendaciones del uso del uso del material deportivo.
4. Será obligatorio la colocación de los aparatos en el lugar que les corresponde una vez
terminados los ejercicios, utilizando los medios de seguridad habilitados a tal efecto.
5. No dejar objetos de valor en las instalaciones deportivas.
6. Si durante la práctica de los ejercicios que realice en el gimnasio, sufre alguna lesión
o trastorno físico, deberá ponerlo rápidamente en conocimiento del/a encargado/a del
gimnasio.
7. Guardar el debido respeto a los/as demás usuarios/as y al personal de la instalación,
así como atender en todo momento las indicaciones del personal del gimnasio, cuyo
cometido es supervisar toda la actividad que se desarrolle en el recinto.
8. Será responsabilidad exclusiva de los/as usuarios/as contar con el material deportivo
necesario para la práctica deportiva.
9. Cualquier usuario/a que ocasione desperfectos materiales en las instalaciones
deportivas municipales, será directamente responsable, debiendo hacerse cargo de los
gastos que origine el desperfecto ocasionado y podrá ser sancionado/a por vía de
apremio.
CVE:
BOP-2021-2628
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de junio de 2021
N.º 0102
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