Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puerto de Santa Cruz. (BOP-2021-2627)
BOP-2021-2627 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad con movilidad reducida.
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f. Acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida siempre que el destino
se encuentre en el interior de esa zona, no así al estacionamiento si este no se encuentra
debidamente señalizado.
g. Utilizar la tarjeta cuando la persona titular de la misma viaje en cualquier vehículo. Si el/la
titular es una persona jurídica, solo podrá utilizar la tarjeta en el vehículo para el cual haya sido
concedida y se encuentren prestando el servicio de transporte colectivo de personas con
discapacidad.
2. La posesión de la tarjeta de estacionamiento en ningún caso supondrá autorización para
estacionar en zonas peatonales, en pasos peatonales, en los lugares y supuestos en que esté
prohibido parar, lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, zonas acotadas por
razones de seguridad pública y espacios que reduzcan carriles de circulación.
ARTÍCULO 7. OBLIGACIONES DEL/LA TITULAR.
1. El/la titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado/a a:
a. La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el
artículo 5, quedando expresamente prohibida la cesión por parte del titular de la tarjeta de
estacionamiento a favor de otra persona física o jurídica, así como su manipulación,
falsificación o deterioro intencionado.
b. La tarjeta de estacionamiento, siempre documento original, se colocará en el salpicadero o
parabrisas delantero del vehículo por el interior de forma que su anverso resulte claramente
legible desde el exterior y deberá permitirse su examen por la autoridad competente cuando
ésta así lo requiera. En el caso de encontrarse la tarjeta en proceso de renovación por haber
transcurrido el plazo de validez, deberá colocarse junto a la tarjeta documento emitido por el
Ayuntamiento certificando que dicha tarjeta se encuentra en periodo de renovación.
c. Identificarse cuando así lo requiera un agente de la autoridad, acreditando su identidad con
el documento nacional de identidad, número de identificación fiscal, tarjeta de residencia o
cualquier otro documento oficial identificativo, sin el cual no podrá hacer uso de la tarjeta de
estacionamiento. Los menores de 14 años titulares de la tarjeta, podrán acreditar su identidad
mediante la exhibición del documento de reconocimiento de grado de discapacidad.
d. El/la conductor/a del vehículo que esté haciendo uso de la tarjeta deberá en todo caso
cumplir las indicaciones de los/as agentes que regulan el tráfico.
CVE:
BOP-2021-2627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de junio de 2021
N.º 0102
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