Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puerto de Santa Cruz. (BOP-2021-2627)
BOP-2021-2627 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad con movilidad reducida.
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2.a. Tendrán la consideración de infracciones leves las siguientes:
1. Colocar la tarjeta en el vehículo de forma que resulte ilegible.
2. No situar en el parabrisas del vehículo junto a la tarjeta caducada el certificado
emitido por el ayuntamiento.
3. Sobrepasar el tiempo establecido como máximo en estacionamientos en carga
y descarga.
2.b. Tendrán la consideración de infracciones graves las siguientes:
1. Hacer uso indebido del derecho de acceso a zonas peatonales y recintos
artísticos y monumentales, estacionando el vehículo en caso de no existir plaza
de estacionamiento reservada.
2. La utilización de la tarjeta de estacionamiento en plaza reservada sin que en la
llegada o salida del vehículo acceda al mismo el/la titular de la tarjeta.
3. Utilizar una tarjeta caducada.
4. Dejar de comunicar la modificación de las circunstancias personales del/la
titular de la tarjeta facilitadas para la obtención de la misma.
5. La reiteración en un año de tres faltas leves.
2.c. Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes:
1. Uso fraudulento de un duplicado de tarjeta.
2. Falsificación de documentos para la obtención de la tarjeta de estacionamiento.
3. Utilizar una tarjeta reproducida, falsificada, manipulada o anulada.
4. No permitir el examen de la tarjeta por la autoridad competente.
5. Ceder, prestar, alquilar o vender la tarjeta a otra persona distinta a la del/la
titular.
La sanción se impondrá al titular de la tarjeta, con independencia de la persona
que realice el uso la misma, y sin perjuicio de la responsabilidad penal en que
esta pudiera incurrir.
CVE:
BOP-2021-2627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de junio de 2021
N.º 0102
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