Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puerto de Santa Cruz. (BOP-2021-2627)
BOP-2021-2627 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad con movilidad reducida.
18 páginas totales
Página
En todo caso, para renovar la tarjeta de estacionamiento es imprescindible que el/la titular
mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento
2. En los casos en los que tenga carácter definitivo el certificado emitido por el CADEX
(certificado de movilidad reducida, o el certificado de que muestre en el mejor ojo una agudeza
visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos,
así como que no se encuentre, por razones de salud u otras causas, imposibilitado para
efectuar desplazamientos fuera del hogar), el procedimiento administrativo para la renovación
de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada sin necesidad de exigir un nuevo
certificado, salvo en los casos en los que el Ayuntamiento de Puerto de Santa Cruz, motivada y
expresamente, lo solicite.
3. En el caso de que el certificado emitido por el CADEX sea provisional, el procedimiento
administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada
siendo necesario la presentación de un nuevo certificado emitido por el CADEX.
4. En el caso de la tarjeta de estacionamiento provisional, el procedimiento administrativo para
la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada siendo necesario la
presentación de un nuevo certificado emitido por el personal médico facultativo de los servicios
públicos de salud.
5. Mientras dure el procedimiento de renovación, se prorrogará la validez de la tarjeta en
trámite, siempre que la solicitud de renovación se haya realizado dentro del plazo establecido.
El Ayuntamiento emitirá documento que certifique que la tarjeta se encuentra en proceso de
renovación, el cual deberá ser expuesto en el parabrisas delantero del vehículo junto a la
tarjeta de estacionamiento caducada. (ANEXO IV)
6. La expedición de la tarjeta de estacionamiento renovada requerirá la previa devolución de la
tarjeta caducada.
ARTÍCULO 12. EXPEDICIÓN DE DUPLICADOS.
1. La solicitud de duplicado se realizará mediante el impreso normalizado que se presentará,
una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento de Puerto de Santa Cruz o
por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Si la solicitud de duplicado responde al extravío, robo o cualquier otra circunstancia que haya
producido la pérdida de la tarjeta de estacionamiento, efectuará en la solicitud una declaración
expresa de esta circunstancia y si procede aportará copia de la denuncia presentada ante la
CVE:
BOP-2021-2627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de junio de 2021
N.º 0102
Pág. 11625