Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2021-2608)
BOP-2021-2608 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la expedición de Tarjetas de Estacionamiento para personas con movilidad reducida en Extremadura y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública para los vehículos de las personas.
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años podrán acreditar su identidad mediante la exhibición del documento de
reconocimiento de grado de discapacidad.
d. El conductor del vehículo que esté haciendo uso de la tarjeta deberá en todo
caso cumplir las indicaciones de los agentes que regulan el tráfico.
e. El titular está obligado a comunicar al Ayuntamiento de Arroyomolinos de la
Vera cualquier variación de los datos facilitados para la obtención de la tarjeta
de estacionamiento, en un plazo no superior a quince días desde que ocurra el
hecho, al objeto de comprobar si procede mantener su vigencia o anularla.
f. En caso de pérdida, robo o destrucción, deberá comunicarlo inmediatamente
al Ayuntamiento, si procede deberá adjuntarse la correspondiente denuncia, y
no podrán hacer uso de los derechos reconocidos a los titulares de la tarjeta
hasta la expedición de una nueva.
g. Siempre que el titular la renueve u obtenga un duplicado, deberá entregar la
anterior para su anulación. Se exceptúan los casos que implican pérdida, robo o
destrucción de la tarjeta, salvo que ésta aparezca, en cuyo caso sí será
obligatoria su entrega.
h. La tarjeta de estacionamiento será devuelta, por su titular o por sus
herederos, al Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera cuando finalice el
término de su vigencia, o cuando sea revocada su concesión por haber dejado
aquél de cumplir los requisitos exigidos para su otorgamiento, así como en los
casos de fallecimiento del beneficiario, caducidad de la tarjeta o concurrencia
de cualquier otra causa que motive su invalidez.
2. El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta
de estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de
estacionamiento o a su retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades
administrativas, civiles o penales que pudieran derivarse y de las sanciones
previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III
Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovación y
expedición de duplicados de la tarjeta de estacionamiento
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El Alcalde-Presidente será el órgano competente para la concesión de la tarjeta
de estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio
de la potestad sancionadora en este ámbito, quien podrá delegar en algún concejal.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del interesado mediante el impreso
normalizado (ANEXO I, II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el
Registro General del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera o por cualquiera de
Cód.
Validación:
9CZFG3R6G2J564FPZJPXEKSXH
|
Verificación:
https://arroyomolinosdelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2021-2608
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de junio de 2021
N.º 0102
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