Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2021-2593)
BOP-2021-2593 Bases Convocatoria para proveer una plaza de Agente de la Policía Local. Oposición libre.
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DÉCIMO TERCERA. - PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan
su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean
incorporados en los ficheros automatizados del Negociado de Personal, cuya finalidad es la de
ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y
promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos
laborales, incompatibilidades y otros extremos. El Ayuntamiento de Navaconcejo, como
responsable del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de
protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, los aspirantes en el presente procedimiento de selección quedan informados y
prestan su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El
opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito
dirigido al Ayuntamiento.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que los aspirantes han
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única
finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DÉCIMO CUARTA. - IGUALDAD DE GÉNERO.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las
presentes bases se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos
los individuos, sin distinción de sexos.
DÉCIMO QUINTA. - INCIDENCIAS.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las
soluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la oposición en todos
aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable la normativa
relacionada en la base primera de la presente convocatoria, así como las demás normas
concordantes de general aplicación.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de
las mismas y de la actuación del Tribunal se podrán formular impugnaciones por los
interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
CVE:
BOP-2021-2593
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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