Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2021-2593)
BOP-2021-2593 Bases Convocatoria para proveer una plaza de Agente de la Policía Local. Oposición libre.
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10.2- La lista que publique el Tribunal se elevará a la Sra. Alcaldesa Presidenta de la
Corporación a los efectos de que proceda al nombramiento como funcionario en prácticas para
que acuda a la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para la superación del curso
selectivo.
10.3- Presentación de documentos: Los aspirantes propuestos para su nombramiento estarán
obligados a presentar, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al
de la publicación de la lista de aprobados, todos los documentos acreditativos de las
condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria, salvo aquellos documentos
que ya hayan sido presentados previamente.
10.4- Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los
requisitos exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían
anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido
incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este
supuesto, la Alcaldía formulará nombramiento a favor del que siguiera en puntuación al
propuesto, siempre que el mismo haya superado todos los ejercicios eliminatorios.
10.5- Quienes tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento,
debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u Organismo Público
de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicio.
DECIMO PRIMERA. - NOMBRAMIENTO EN PRACTICAS Y CURSO SELECTIVO EN LA
ACADEMIA DE SEGURIDAD PUBLICA DE EXTREMADURA.
11.1-Terminado el plazo de presentación de documentos, se procederá al nombramiento de
funcionario nombrado en prácticas, quien percibirá con cargo al Ayuntamiento de Navaconcejo,
las retribuciones que le correspondan y tendrán los derechos y obligaciones inherentes a tal
situación. El nombramiento se otorgará al inicio del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo
de la Policía Local y durará hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
11.2-De conformidad con la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales
de Extremadura y de los artículos 33 y 35 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de las
Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura, para los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición será requisito indispensable superar un Curso Selectivo de
Formación en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura en los términos y condiciones
establecidos en la normativa vigente sobre la materia.
CVE:
BOP-2021-2593
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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