Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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teniendo signos de abandono, mantengan la placa de matriculación o dispongan de
cualquier signo o marca visible que permita la identificación de su titular, se requerirá a
éste, una vez transcurridos los correspondientes plazos, para que en el plazo de 15 días
hábiles retire el vehículo del depósito, con la advertencia de que, en caso contrario, se
procederá a su tratamiento como residuo.
4). Con independencia de las sanciones que en su caso correspondan, los
propietarios de los vehículos abandonados deberán abonar los gastos ocasionados
por la recogida, transporte y tratamiento de los vehículos.
5). Los vehículos fuera de uso deberán ser depositados por su propietario en un
centroautorizado para su tratamiento.
6). La recogida y posterior destino de los vehículos abandonados podrán ser objeto
de regulación específica por parte de este Ayuntamiento.
Artículo 58. Restos de poda y jardinería
1.- Los productores de residuos vegetales generados en las actividades de siega, y
poda y otras actividades de jardinería, cuando la cantidad generada sea inferior a
500 litros (0,5 m3), deberán gestionar dichos residuos de alguna de las siguientes
formas:
a) Mediante la solicitud del servicio especial de recogida, en el caso de que el
Ayuntamiento tenga establecido este tipo de recogida para dichos residuos.
b) Mediante su entrega en el punto limpio fijo o móvil.
c) Mediante su entrega a un gestor autorizado o a un recogedor registrado que
garantice la entrega a un gestor autorizado.
d) Mediante su depósito en contenedores específicos o sistemas equivalentes
habilitados por el Ayuntamiento.
e) Realizando el tratamiento de los residuos por sí mismos, mediante compostaje
doméstico o comunitario, siempre que no ocasionen molestias u olores a los vecinos y
lo notifiquen previamente al Ayuntamiento a los solos efectos de computarlas cantidades
de biorresiduos gestionados mediante estos métodos.
2.- Los propietarios y responsables de áreas ajardinadas, están obligados a recoger,
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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