Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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forma especial que establezca de acuerdo a diferentes tipos de residuos, a
determinadas zonas de la ciudad o determinadoscomercios.
2.- Los residuos comerciales (envases, vidrio, papel cartón, etc.) que no tengan la
catalogación de asimilables a los domésticos deberán ser entregados por sus
productoresa gestores de residuos debidamente inscritos.
3.- Los titulares de establecimientos comerciales, del sector servicios, incluidos los
restaurantes, bares, hoteles y otros servicios de restauración que generen residuos de
competencia municipal, deberán llevar a cabo la separación en origen de los
citadosresiduos, conforme a la modalidad de recogida designada por el municipio, en el
interior de los mencionados establecimientos o instalaciones.
Artículo 55. Residuos industriales
1.- La recogida y tratamiento de aquellos residuos catalogados como industriales o
que superen las cantidades de los asimilados a domésticos según se establece en esta
Ordenanza, será responsabilidad de los que los generen y su gestión podrán realizarla
directamente o a través de empresas autorizadas.
2.- Los productores, poseedores y terceros autorizados que produzcan, gestionen,
manipulen o transporten residuos industriales, facilitarán a los servicios municipales la
información que les sea requerida sobre el origen, características, cantidad, sistemas de
tratamientos, etc. de los mismos, estando obligados a colaborar en las actuaciones de
inspección, vigilancia y control que se realicen al respecto.
3.- La recogida de residuos industriales se realizará, como norma general, en el
interior de los establecimientos, y sólo en casos de imposibilidad manifiesta se efectuará
enla vía pública.
4.- Los residuos industriales que no precisen contenedor y los contenedores
destinados a la recogida de los mismos, no podrán permanecer en la vía pública por un
tiempo superior a dos horas. Una vez vacíos los elementos de contención se procederá
a la inmediata retirada de los mismos, así como a la limpieza de la zona si se hubiera
producido suciedad.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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