Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2488)
BOP-2021-2488 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios de Distribución y Venta de Libros, Publicaciones y Material editado y/o producido por la Excma. Diputación Provincial.
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d) El precio público se reducirá en un 40 por 100 del coste calculado conforme al artículo
anterior cuando el adquirente sea una empresa de venta de productos promocionales o
un comercio local o una empresa turística del territorio al que hace referencia el material
producido, la cual los adquiere para su posterior venta al público en general. En estos
casos, el material promocional se cederá en concepto de depósito. El área de Desarrollo
y Turismo Sostenible establecerá para ellas el modelo de liquidación y su periodicidad
de manera que se abone a la Diputación Provincial el 30 por ciento del precio público en
el momento de la retirada de los productos y el 30 por ciento siguiente en el momento de
la liquidación. La empresa colaboradora dispondrá del 40 por ciento restante a su propio
parecer, ya sea para gastos propios de funcionamiento o como ganancias comerciales,
entendiendo la Diputación de Cáceres que este margen ha de producirse en
compensación por la difusión promocional de los productos turísticos que realizan esas
empresas colaboradoras.
e) Para las publicaciones realizadas desde el Departamento de Publicaciones del Área
de Cultura, el precio público, se reducirá en un 50 por ciento del coste calculado,
conforme al artículo anterior, cuando quien los adquiere sea una librería o una empresa
distribuidora, para su posterior venta. Hasta el momento de su venta, los fondos
bibliográficos se cederán en concepto de depósito.
Las liquidaciones de las ventas, se realizarán trimestralmente.
La librería o empresa distribuidora, dispondrá de ese 50 por ciento a su propio parecer, ya sea
para gastos propios de funcionamiento o como ganancias comerciales, entendiendo la
Diputación de Cáceres que este margen ha de producirse en compensación por la distribución
y venta de los fondos bibliográficos que realiza esa empresa.
Artículo 7.- Obligación de Pago.
La obligación del pago nace en el momento en que el material producido es vendido por los
centros o empresas colaboradoras, o es adquirido por los sujetos pasivos.
Artículo 8.- Gestión y Recaudación.
a) La administración y liquidación del precio público por la venta y distribución de libros y
material de promoción turística corresponderá a la unidad gestora correspondiente de la
Diputación Provincial.
b) La fijación del precio público de cada libro, publicación, revista o folleto, así como del
material promocional, para su venta al público será competencia de la Presidencia de la
CVE:
BOP-2021-2488
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de mayo de 2021
N.º 0099
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