Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2488)
BOP-2021-2488 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios de Distribución y Venta de Libros, Publicaciones y Material editado y/o producido por la Excma. Diputación Provincial.
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La determinación del precio público concreto correspondiente a cada publicación o material
promocional se realizará con arreglo a la fórmula anterior, mediante resolución presidencial, a
propuesta del área competente en materia de cultura, en la que se determinará, asimismo, el
número de ejemplares de cada edición. Al menos anualmente se revisarán los precios así
fijados. Las resoluciones de determinación de precios públicos y sus revisiones habrán de
publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, para su conocimiento general.
Artículo 6.- Bonificaciones, exenciones y supuestos de no sujeción.
a) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del TRLHL, cuando existan
razones sociales, benéficas, culturales o de interés público, se podrán fijar precios
públicos por debajo del coste del servicio. En estos casos deberá consignarse en los
presupuestos las dotaciones oportunas para la cobertura de la diferencia resultante.
b) En los siguientes supuestos, no será de aplicación el precio público regulado en la
presente Ordenanza:
Cuando la distribución del material producido se lleve a cabo a instancias de la
propia Diputación para su entrega a centros oficiales.
Cuando por razones de protocolo se resuelva la cesión de material producido por
la Diputación.
Cuando se establezca acuerdo con el/la autor/a para que le sean cedidos los
derechos correspondientes a la Diputación, a cambio de un número determinado
de ejemplares.
c) El precio público se reducirá en un 50 por 100 del coste calculado conforme al artículo
anterior cuando el adquirente sea un centro de información o de recepción de visitantes
ligado a la Red de Centros de Interpretación de la Diputación de Cáceres o centros de
interpretación de la Junta de Extremadura que participen en los programas y proyectos
de desarrollo y turismo sostenible de la Diputación de Cáceres. En estos casos, el
material promocional se cederá en concepto de depósito. El área de Desarrollo y
Turismo Sostenible establecerá para ellos el modelo de liquidación y su periodicidad de
manera que se abone a la Diputación Provincial el 50 por ciento del precio público,
debiéndose aplicar el 50 por ciento restante a los gastos de funcionamiento del centro
colaborador.
CVE:
BOP-2021-2488
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de mayo de 2021
N.º 0099
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