Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2457)
BOP-2021-2457 Resolución de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres de 21 de mayo de 2021 por la que se convoca el proceso de selección para la elaboración de una bolsa de empleo temporal de Técnicos/as en Cooperación Internacional para el Desarrollo.
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Vocales:
- Tres empleados/as Publicos/as de la Diputación de Cáceres y sus correspondientes
suplentes.
Secretario/a:
- Un/a empleado/a público/a de la Diputación de Cáceres, que tendrá voz y voto y su
correspondiente suplente.
Por Resolución Presidencial se concretará las personas integrantes del Tribunal en el plazo
máximo de un mes desde la fecha de la publicación de la lista provisional de admitidos/as.
No podrán formar parte de los Tribunales el personal de selección o designación política, los/as
funcionarios/as interinos/as, el personal laboral temporal, el personal eventual y el personal
directivo. Tampoco podrá formar parte de los órganos de selección aquellos/as empleados/as
públicos/as que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
Todos/as los/as miembros del Tribunal deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la
exigida para el acceso al subgrupo A2 y ser funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo.
Asimismo, el Tribunal no podrá estar formado mayoritariamente por funcionarios/as o personal
laboral fijo pertenecientes a la misma especialidad.
La pertenencia a los Tribunales será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en
representación o por cuenta de nadie. Los órganos de selección deberán ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán al principio de
presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas,
debidamente motivadas, en cumplimiento del artículo 51.1.d) de la Ley 8/2011, de igualdad
contra la violencia de género en Extremadura, en el marco de los Planes de Igualdad entre
mujeres y hombres de la Diputación Provincial de Cáceres, así como en el artículo 60.1 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del sector público. Los/as aspirantes podrán recusar a los/as miembros de
los Tribunales, a los/as asesores/as especialistas, al personal auxiliar y a los/as
observadores/as cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna o varias de las circunstancias
señaladas en la ley, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1
CVE:
BOP-2021-2457
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Miércoles, 26 de mayo de 2021
N.º 0098
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