Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2021-2430)
BOP-2021-2430 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de Prestación de Ayudas de Emergencia Social.
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—Fotocopia de recibo del último pago del convenio regulador o resolución
correspondiente.
—Copia de la última liquidación a cuenta del Impuesto de la Renta de las Personas
Físicas o certificado de imputaciones en caso de no tener obligación de realizarla, del
último ejercicio del/la solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar, salvo que
se autorice a la Administración para recabar de oficio esta información.
En caso de no tener obligación de realizar la declaración de la renta, será sustituida por
certificado de pensiones de la Seguridad Social, certificación de la empresa acreditativa
de los haberes percibidos en el último año; certificado de la Dirección Provincial de
SPEE de prestaciones en la que conste si es o no perceptor/a de prestación o subsidio
de desempleo. En defecto de lo anterior, declaración responsable de carencia absoluta
de rentas familiares.
—Informe de vida laboral de los/las miembros de la unidad familiar mayores de 16 años
expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o autorización para recabar de
oficio estos datos.
i) Cartilla de paro de todos/as los/las integrantes familiares en edad laboral o en su caso
Certificado de estar estudiando.
j) Contrato de arriendo o subarriendo.
k) Documentos que den origen a la solicitud (reclamaciones de cantidades por alquiler,
requerimientos de pago con aviso de suspensión de suministro de energía eléctrica o de
gas y similares).
l) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la
condición de beneficiario/a de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la
Ley General de Subvenciones.
Con carácter específico y en función de la tipología de la prestación social, el/la solicitante
deberá aportar la documentación que se señalen en las bases de cada una de las
convocatorias.
2. Los Servicios Sociales municipales recabarán del solicitante cualquier otro documento que
una vez estudiado el expediente, considere necesario para su adecuada resolución.
CVE:
BOP-2021-2430
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de mayo de 2021
N.º 0097
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