Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza la Mayor. (BOP-2021-2383)
BOP-2021-2383 Aprobación Definitiva de la Ordenanza General de Subvenciones.
11 páginas totales
Página
9. CONCESIÓN MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA.
La concurrencia competitiva es la forma ordinaria de concesión de las subvenciones, y conjunta
o previamente a la convocatoria del proceso de selección de habrán de aprobar y publicar las
correspondientes bases específicas.
En el proceso de selección se examinarán conjuntamente, en un solo procedimiento, todas las
solicitudes presentadas dentro del plazo establecido, y se resolverán en un único acto
administrativo a favor de la solicitud o solicitudes que cumplan los requisitos previstos en las
Bases específicas y obtengan, al mismo tiempo, una mayor puntuación en aplicación de los
criterios de valoración fijados en las propias bases.
El órgano competente para su concesión será la Alcaldía mediante la oportuna Resolución y,
discrecionalmente, se podrá dejar desierto el proceso de selección o no agotar el importe total
previsto o el crédito disponible de la correspondiente partida presupuestaria o de su bolsa de
vinculación.
No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la
convocatoria.
Se podrá crear una comisión para examinar y valorar las solicitudes que se presenten a cada
convocatoria, y la composición de ésta se determinará en las bases específicas, la cual será la
encargada de formular la propuesta de concesión a la Alcaldía.
10. CONCESIÓN DIRECTA.
Las subvenciones se otorgarán directamente por Resolución de Alcaldía, no siendo preceptivas
ni la concurrencia competitiva ni la publicidad en los siguientes casos:
a) Subvenciones para remediar situaciones de emergencia o de urgencia, cuando estas
situaciones sean incompatibles con el trámite de publicidad.
b) Subvenciones que no sobrepasen el importe de mil euros (1.000,00 €), por un/a
mismo/a beneficiario/a, una misma actividad y en un mismo ejercicio, ello por razones de
agilización de la gestión.
c) Aquellas otras subvenciones en las cuales se acrediten razones de interés público,
social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su
convocatoria pública mediante concurrencia competitiva.
d) Las Bases específicas de estas subvenciones serán fijadas por Resolución de
CVE:
BOP-2021-2383
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
Pág. 10540