Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecañas de Tajo. (BOP-2021-2380)
BOP-2021-2380 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por vertido de residuos de construcción y demolición.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valdecañas de Tajo
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal
reguladora de la Tasa por vertido de residuos de construcción y demolición.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de Pleno de fecha 29 de marzo de 2021 inicial
aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por vertido de
residuos de construcción y demolición (RCD´S), cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases del Régimen Local.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR VERTIDO DE RESIDUOS DE
CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.
Es objeto de esta Ordenanza la regulación de la actividad de Vertido de Residuos de
Construcción y Demolición (RCD’S) procedentes de obras menores que se realicen en el
Municipio de VALDECAÑAS DE TAJO (Cáceres), por parte de los/las Constructores/as o
Promotores/as, con el fin de que los citados residuos sean depositados en el emplazamiento
establecido por este Ayuntamiento.
ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA.
1.1.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
Española y por el Artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del R.D. Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la TASA FISCAL POR VERTIDO DE
RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, que regulará el vertido y depósito en el
Punto Limpio de Acopio Municipal de Residuos de Construcción y Demolición (en adelante
RCD’S), procedentes de obras menores, que se regirán por la presente Ordenanza Fiscal,
cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del citado R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
CVE:
BOP-2021-2380
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
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