Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Granja. (BOP-2021-2372)
BOP-2021-2372 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Centro Día.
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ARTÍCULO 8.º- GESTIÓN Y RECAUDACIÓN.
La gestión y recaudación de la Tasa regulada en esta Ordenanza, será la siguiente:
El pago de la Tasa se efectuará en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento al inicio de la
prestación del servicio, prorrateándose los días correspondientes al mes de ingreso; y los
meses sucesivos mediante domiciliación bancaria, en la cuenta que el Ayuntamiento indique,
dentro de los cinco primeros días al mes correspondiente. Las subidas económicas irán ligadas
a los cambios que sufra el I.P.C.
La cuota tributaria deberá ser ingresada en función de las tarifas que sean de aplicación, en los
cinco primeros días de cada mes natural o el día de prestación del servicio en su caso.
Se descontarán de la mensualidad los periodos en que los/as usuarios/as, por motivo de
enfermedad o ingreso hospitalario no utilizasen el servicio, sin embargo no tendrán descuento
cuando la causa sea por motivos vacacionales u otros similares.
Cualquier variación que afecte a la declaración de ingresos del/la residente deberá ponerlo en
conocimiento del responsable del centro en cuánto este tenga lugar.
ARTÍCULO 9.º- INFRACCIONES Y SANCIONES.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones de la presente Ordenanza, así como a la
determinación de las sanciones que por la misma corresponda se aplicará al régimen regulado
en los artículos 58 y 59 del R.D.L. 781/86, de 18 de abril y subsidiariamente a la Ley General
Tributaria y a las disposiciones que la desarrollen o la complementen.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
En lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Ley reguladora de la Haciendas
Locales, por la Ley General Tributaría, así como a las disposiciones o normas que la
desarrollen o complementen.
DISPOSICIÓN FINAL.
El acuerdo de imposición de esta Tasa fue tomado y su Ordenanza Fiscal aprobada
provisionalmente por el Pleno de esta Entidad Local, el 14 de agosto del 2009 y modificada en
Sesión Plenaria Ordinaria de 1 de diciembre de 2015 y modificada nuevamente en Sesión
Plenaria Extraordinaria con aprobación provisional el 25 de febrero de 2021.
CVE:
BOP-2021-2372
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
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