Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcollarín. (BOP-2021-2364)
BOP-2021-2364 Aprobación definitiva Ordenanza Tarjeta Aparcamientos.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
















infracción y serán sancionadas adecuadamente.
2. Las infracciones podrán ser leves, graves o muy graves.
2.a) Tendrán la consideración de infracciones leves las siguientes:
Colocar la tarjeta en el vehículo de forma que resulte ilegible.
No situar en el parabrisas del vehículo junto a la tarjeta caducada el certificado
emitido por el Ayuntamiento.
Sobrepasar el tiempo establecido como máximo en estacionamientos en carga y
descarga.
2.b) Tendrán la consideración de infracciones graves las siguientes:
Hacer uso indebido del derecho de acceso a zonas peatonales y recintos
artísticos y monumentales, estacionando el vehículo en caso de no existir plaza
de estacionamiento reservada.
La utilización de la tarjeta de estacionamiento en plaza reservada sin que en la
llegada o salida del vehículo acceda al mismo el/la titular de la tarjeta.
Utilizar una tarjeta caducada.
Dejar de comunicar la modificación de las circunstancias personales del/a titular
de la tarjeta facilitadas para la obtención de la misma.
La reiteración en un año de tres faltas leves.
2.c) Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes:
Uso fraudulento de un duplicado de tarjeta.
Falsificación de documentos para la obtención de la tarjeta de estacionamiento.
Utilizar una tarjeta reproducida, falsificada, manipulada o anulada.
No permitir el examen de la tarjeta por la autoridad competente.
Ceder, prestar, alquilar o vender la tarjeta a otra persona distinta a la del/a titular.
La sanción se impondrá al/a titular de la tarjeta, con independencia de la persona
que realice el uso la misma, y sin perjuicio de la responsabilidad penal en que
esta pudiera incurrir.
El uso de la tarjeta de un/a familiar fallecido/a.
No hacer entrega de la tarjeta si ha sido requerido/a a ello.
La reiteración de dos faltas graves en dos años.
CVE:
BOP-2021-2364
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
Pág. 10411