Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar. (BOP-2021-2209)
BOP-2021-2209 Bases Convocatoria provisión en propiedad de una Plaza Vacante de la Policia Local, mediante oposición libre.
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5.7- Los aspirantes podrán, en los casos señalados en el párrafo anterior, promover la
recusación de los/as miembros de la Comisión de valoración, para ello dispondrán de un plazo
de 10 días hábiles desde la publicación de la composición de la citada Comisión. (Artículo 24.1
Ley 40/2015)
5.8- Asimismo, no podrán formar parte de la Comisión los funcionarios que, en el ámbito de
actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o preparación de aspirantes a
pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente
convocatoria.
5.9- Con el objeto de garantizar la transparencia a que se refiere el artículo 47.7-d) de la Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, todos los
acuerdos de la Comisión de Valoración de selección se insertarán en la página web del Excmo.
Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar https://sede.Garrovillas de Alconétar.es, además del
Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.
5.10- En todo lo no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación a las Comisiones
de Valoración lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo 11 del título Preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, supletoriamente, el
Reglamento General de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
SEXTA.- ACTUACION DE LOS ASPIRANTES.
6.1- Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el
lugar, fecha, y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del tribunal
calificador. Dicha publicación se efectuará con una antelación de, al menos, quince días hábiles
a dicho comienzo.
6.2- El orden de actuación de los opositores en los ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente, se hará por orden alfabético del primer apellido, segundo apellido y nombre,
comenzando por la letra "M" según sorteo al efecto realizado por la Junta de Extremadura para
las pruebas selectivas del corriente ejercicio, conforme la Resolución de 26 de febrero de 2021.
6.3- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir
provistos del DNI, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada al Tribunal
con absoluta libertad de criterios. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los
ejercicios en el momento de ser llamados determinará automáticamente el decaimiento de sus
derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del
procedimiento selectivo. No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que
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BOP-2021-2209
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Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
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