Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar. (BOP-2021-2209)
BOP-2021-2209 Bases Convocatoria provisión en propiedad de una Plaza Vacante de la Policia Local, mediante oposición libre.
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4.2.- Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en la relación, dispondrán de un plazo de
DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional
de admitidos/as y excluidos/as en el B.O.P. de Cáceres, para subsanar los defectos que hayan
motivado su exclusión o su omisión. La publicación se insertará además en la web municipal y
tablón de anuncios. Los aspirantes, que, dentro del plazo señalado, no subsanaren la exclusión
o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos/as del proceso selectivo. Todo ello, según artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
4.3- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en la forma descrita
anteriormente, la Resolución elevando a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos,
con inclusión como admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores
u omisiones.
4.4.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará el lugar, día y hora del
comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal Calificador.
4.5- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de
los/as interesados/as, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
4.6- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 50.2 del Decreto 2018/2009 de 9 de octubre,
por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura y en el
artículo 46.4 párrafo 2º de la Ley 7/2017 de 1 de agosto de Coordinación de Policías Locales
de Extremadura, el Tribunal Calificador estará formado por cinco miembros con sus respectivos
suplentes:
PRESIDENCIA: Un funcionario designado por la Alcaldía.
VOCALES: Un funcionario nombrado por la Consejería competente en materia de
coordinación de Policías Locales; El Jefe de la Policía Local, y un funcionario designado
por la Alcaldía.
CVE:
BOP-2021-2209
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
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