Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar. (BOP-2021-2209)
BOP-2021-2209 Bases Convocatoria provisión en propiedad de una Plaza Vacante de la Policia Local, mediante oposición libre.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
4.2.- Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en la relación, dispondrán de un plazo de
DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional
de admitidos/as y excluidos/as en el B.O.P. de Cáceres, para subsanar los defectos que hayan
motivado su exclusión o su omisión. La publicación se insertará además en la web municipal y
tablón de anuncios. Los aspirantes, que, dentro del plazo señalado, no subsanaren la exclusión
o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos/as del proceso selectivo. Todo ello, según artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
4.3- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en la forma descrita
anteriormente, la Resolución elevando a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos,
con inclusión como admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores
u omisiones.
4.4.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará el lugar, día y hora del
comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal Calificador.
4.5- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de
los/as interesados/as, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
4.6- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 50.2 del Decreto 2018/2009 de 9 de octubre,
por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura y en el
artículo 46.4 párrafo 2º de la Ley 7/2017 de 1 de agosto de Coordinación de Policías Locales
de Extremadura, el Tribunal Calificador estará formado por cinco miembros con sus respectivos
suplentes:
PRESIDENCIA: Un funcionario designado por la Alcaldía.
VOCALES: Un funcionario nombrado por la Consejería competente en materia de
coordinación de Policías Locales; El Jefe de la Policía Local, y un funcionario designado
por la Alcaldía.
CVE:
BOP-2021-2209
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
Pág. 9770
●
4.2.- Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en la relación, dispondrán de un plazo de
DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional
de admitidos/as y excluidos/as en el B.O.P. de Cáceres, para subsanar los defectos que hayan
motivado su exclusión o su omisión. La publicación se insertará además en la web municipal y
tablón de anuncios. Los aspirantes, que, dentro del plazo señalado, no subsanaren la exclusión
o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos/as del proceso selectivo. Todo ello, según artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
4.3- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en la forma descrita
anteriormente, la Resolución elevando a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos,
con inclusión como admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores
u omisiones.
4.4.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará el lugar, día y hora del
comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal Calificador.
4.5- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de
los/as interesados/as, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
4.6- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 50.2 del Decreto 2018/2009 de 9 de octubre,
por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura y en el
artículo 46.4 párrafo 2º de la Ley 7/2017 de 1 de agosto de Coordinación de Policías Locales
de Extremadura, el Tribunal Calificador estará formado por cinco miembros con sus respectivos
suplentes:
PRESIDENCIA: Un funcionario designado por la Alcaldía.
VOCALES: Un funcionario nombrado por la Consejería competente en materia de
coordinación de Policías Locales; El Jefe de la Policía Local, y un funcionario designado
por la Alcaldía.
CVE:
BOP-2021-2209
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
Pág. 9770